Page 23 - OPOSOCIAL- TEMA 15
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 Tema 15 – Oposiciones Trabajo Social. La Administración Electrónica.
Estos registros o sistemas deberán ser plenamente interoperables y estar interconectados con los de las restantes Administraciones Públicas, a los efectos de comprobar la validez delas citadas habilitaciones.
En este registro o sistema equivalente, al menos, constarán los funcionarios que presten servicios en las oficinas de asistencia en materia de registros.
5.2.- Registros
El capítulo l del título II de la LPACAP dispone la obligación de todas las Administraciones Públicas de:
— Contar con un registro electrónico general o, en su caso, adherirse al Registro Electrónico General de la Administración General del Estado.
Estos registros electrónicos generales estarán asistidos por la red de oficinas en materia de registros, que a partir de la entrada en vigor de la LPACAP pasarán a denominarse oficinas de asistencia en materia de registros, y que seguirán permitiendo a los interesados, en el caso que así lo deseen, presentar sus solicitudes en papel, las cuales se convertirán a formato electrónico.
Los interesados podrán presentar los documentos que dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas:
a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera delas Administraciones o entidades que conforman el sector público.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros, que citamos anteriormente. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
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