Page 18 - OPOSOCIAL - TEMA 36
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 Oposiciones Trabajo Social
 o Artículo 2. Ámbito de aplicación.
 La presente ley se aplicará al sector público de la Comunidad
Autónoma de Aragón, que comprende la Administración pública de la Comunidad Autónoma, cualesquiera organismos públicos dependientes o vinculados a dicha Administración y las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes, así como a las entidades locales aragonesas.
● TÍTULO I. Medidas de emergencia en relación con las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales.
 CAPÍTULO I. Garantías generales de las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales.
o Artículo 3. Naturaleza de las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales.
1. Las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales son aportaciones dinerarias con un régimen jurídico propio, definidas por su carácter finalista, requisitos y condiciones de reconocimiento, y carecen de la consideración de subvenciones públicas.
2. La misma naturaleza tendrán las prestaciones económicas de carácter social incluidas en el Catálogo de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Aragón y en los de las entidades locales.
o Artículo 4. Preferencia en la tramitación de las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales.
Con el objetivo de garantizar la efectividad de las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales, definidas de carácter esencial, los órganos de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Aragón actuarán bajo el principio de prioridad y agilidad en la tramitación de los expedientes relativos a dichas prestaciones y en la resolución y pago de las mismas, dando
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