Page 22 - [OPOSOCIAL] TEMA 14
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 Oposiciones Trabajo Social
  compromiso expreso de impulsarla como proyecto de ley, respetando en la mayor medida posible su integridad.
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III
En esta línea, el reconocimiento legal del derecho a la libre autodeterminación de la identidad de género de toda persona emana del propioEstatuto de Autonomía de Aragón, que parte del establecimiento, en su artículo 12, del derecho de todas las personas a vivir con dignidad, seguridad y autonomía, libres de explotación, de malos tratos y de todo tipo de discriminación, así como al libre desarrollo de su personalidad y capacidad personal.
La fijación en el Estatuto de Autonomía de derechos y principios rectores que deben guiar la actuación de los poderes públicos, como el de promoción de las condiciones adecuadas para que la libertad y la igualdad de la persona y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, la remoción de los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud, o el impulso de políticas tendentes a la mejora y equiparación de sus condiciones de vida (artículos 6, 11 y 20), sin duda redundan en la necesidad de esta ley.
La presente ley resulta fundamental como instrumento que guíe la actuación de los poderes públicos aragoneses para la efectividad del reconocimiento del derecho de todas las personas a su identidad de género libremente manifestada, al libre desarrollo de su personalidad conforme a la misma, y al consecuente respeto a su integridad física y psíquica, garantizando así el derecho de todas las personas a no ser discriminadas por razón de su orientación sexual e identidad de género, tal y como dispone el artículo 24.d del Estatuto de Autonomía de Aragón.
La propia transversalidad del derecho a la identidad de género que se pretende consagrar impone la necesidad de establecer principios y medidas
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