Page 8 - OPOSOCIAL - TEMA 22
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 El Gobierno, a través de los Ministerios que tengan competencias sobre la materia, promoverá actuaciones de fomento, apoyo y difusión del Tercer Sector de Acción Social.
Además, la Administración General del Estado y las comunidades autónomas y entidades locales podrán colaborar en la promoción de los principios del Tercer Sector de Acción Social. Especialmente, se podrán celebrar convenios de colaboración, para promover determinadas actuaciones específicas de fomento, difusión o formación.
1.2.- LA INICIATIVA SOCIAL EN ARAGON
En la Ley 5/2009 de Servicios Sociales de Aragón, en su artículo 84 se recoge que los poderes públicos promoverán la colaboración de las entidades sin animo de lucro en la realización de actividades de servicios sociales que se ajusten a la política definida por la planificación estratégica de servicios sociales o los objetivos marcados por la normativa aplicable en cada caso.
En su artículo 83 se habla de las subvenciones a entidades de iniciativa social: La administración de la CCAA de Aragón y las entidades competentes en materia de servicios sociales podrán otorgar subvenciones y otras ayudas públicas a las entidades de iniciativa social para contribuir a la realización de sus actividades de servicios sociales , siempre que tales actividades se correspondan con los fines propios de la entidad, quede debidamente justificado el interés de la actuación a subvencionar y no supongan un menoscabo de la prestación pública del servicio. Dichas ayudas y subvenciones habrán de ser otorgadas con los principios de publicidad, concurrencia e igualdad y con sujeción a la legislación general de subvenciones.
Oposiciones Trabajo Social
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