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CENTRO DE FORMACIÓN DE TÉCNICOS DEPORTIVOS ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN APLICADA AL ALTO RENDIMIENTO TEMA 5
Deporte de alto nivel (DAN) y de alto rendimiento (DAR).
La Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, en su artículo 52, atribuye al Consejo Superior de Deportes, en colaboración con las Federaciones Deportivas Españolas y, en su caso, con las Comunidades Autónomas, la competencia para elaborar las relaciones de deportistas que deben tener la consideración de alto nivel.
La solicitud de la condición de alto nivel, se realiza a través de la Federación Española correspondiente, en un plazo máximo de 6 meses después de haber finalizado la competición deportiva, en la que el deportista haya realizado el resultado. Una vez incluido en la Resolución, el deportista puede solicitar directamente certificado de dicha condición al Consejo Superior de Deportes
Normativa de aplicación DAN/DAR.
REAL DECRETO 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento. La finalidad de la presente norma, es establecer las condiciones, requisitos y procedimientos, para la calificación de los deportistas de alto nivel y de alto rendimiento, así como las medidas para fomentar en ambos la integración en las diferentes formaciones del sistema educativo, y en el caso de los deportistas de alto nivel, establecer asimismo otro tipo de medidas para fomentar la dedicación al deporte de alta competición, su preparación técnica, así como la inserción en la vida laboral y social.
Plan de ayuda al deporte olímpico (ADO
El programa ADO es realizado por la Institución Española, Asociación Deportes Olímpicos para poder apoyar el desarrollo y promoción de los deportistas nacionales de alto rendimiento a nivel olímpico. Fue establecido en 1988 con el objetivo de brindar a los deportistas españoles de élite los medios y recursos necesarios para lograr un buen resultado de cara a los Juegos Olímpicos de Barcelona 1992.