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 Tema 11 – Oposiciones Trabajo Social. El Estatuto Básico del Empleado Público
Tanto el ámbito general de la estructura orgánica como en cada una de las áreas funcionales de naturaleza técnico-profesional, la carrera administrativa de los funcionarios se desarrollará con arreglo a lo preceptuado en los artículos siguientes.
Los puestos de trabajo se clasifican en treinta niveles.
El intervalo de niveles en que deben clasificarse los puestos será el mismo para todas las Escalas de cada Cuerpo, según el Grupo al que pertenezcan.
La Diputación General determinará los intervalos de niveles de puestos de trabajo que correspondan a cada Cuerpo o Escala, atendiendo, en todo caso, al criterio de titulación, especialización, responsabilidad técnica y mando, y cuidando su homogeneización con los de los mismos grupos e idéntico nivel de funciones del resto de las Administraciones Públicas.
Mediante acuerdo del Gobierno de Aragón cabrá determinar el nivel de complemento de destino correspondiente a puestos de trabajo de iguales características e idéntica posición en la estructura administrativa, al objeto de garantizar la homogeneidad retributiva de puestos de trabajo cuyo grado de responsabilidad administrativa quepa considerar equivalente. Las posibles reclasificaciones de nivel que conlleven tales acuerdos no darán derecho a indemnización alguna para los titulares de los puestos de trabajo afectados. En todo caso se garantizará la audiencia del funcionario afectado por la modificación del complemento de destino.
Los funcionarios poseerán un grado personal que corresponderá a alguno de los niveles de los puestos de trabajo, con arreglo a lo dispuesto en los artículos siguientes.
El reconocimiento de los grados personales compete al Director general de Recursos Humanos, y contra sus resoluciones en esta materia cabrá interponer recurso ordinario ante el Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales.
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