Page 127 - OPOSOCIAL - TEMA 39 ANEXO - PLAN ESTATAL
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Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades 2014-2016
Las medidas específicas de apoyo y seguimiento se centrarán en:
195. Seguimiento del cumplimiento de los propios compromisos adquiridos por las universidades, a través de los Acuerdos de los Consejos Rectores, de creación de estas unidades administrativas para la Igualdad de Oportunidades.
196. Apertura de vías de comunicación con la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas, para impulsar medidas conjuntas que fomenten la igualdad de oportunidades en este ámbito.
197. Creación de una red entre las unidades de igualdad de las Universidades con el apoyo del Instituto de la Mujer.
Incrementar la participación de las mujeres en el ámbito científico, tecnológico e investigador
Esta línea de actuación comprende diferentes medidas relacionadas con la integración del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres:
198. Seguimiento de la aplicación de las disposiciones de esta Ley, en cuanto a la composición paritaria de los órganos, consejos y comités regulados en la misma, así como de los órganos de evaluación y selección del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
199. Fortalecimiento de la Integración del principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación, así como en el Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación, incorporando medidas concretas para estimular y dar reconocimiento a la presencia de mujeres en los equipos de investigación.
200.
El Sistema de Información sobre Ciencia, Tecnología e Innovación recogerá, tratará y difundirá los datos desagregados por sexo e incluirá indicadores de presencia y productividad.
201. Adopción de medidas tendentes a reforzar la aplicación y seguimiento del principio de igualdad de trato y de oportunidades en los procedimientos de selección y evaluación del personal investigador al servicio de las
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