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Oposiciones Trabajo Social
públicas hasta la eliminación del déficit público y se propone mantener, en lo sucesivo, el equilibrio presupuestario3.
Artículo 2. Concepto de subvención.
1. Se entiende por subvención, a los efectos de esta ley, toda disposición dineraria realizada por cualesquiera de los sujetos contemplados en el artículo 3 de esta ley, a favor de personas públicas o privadas, y que cumpla los siguientes requisitos:
a) Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.
b) Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido.
c) Que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.
3.1.- LAS SUBVENCIONES EN ARAGON
En nuestra Comunidad Autónoma, las subvenciones están reguladas por la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
El objeto de esta ley es la regulación del régimen jurídico de las subvenciones que se concedan en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, por alguno de los sujetos enumerados en el artículo 2, en el marco de la normativa básica estatal.
Se entiende por subvención, a los efectos de esta ley, toda disposición dineraria realizada por cualquiera de los sujetos contemplados en el artículo
3 Exposición de motivos Ley 38/2003 General de Subvenciones
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