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 GUÍA DE RECURSOS PARA LAS FAMILIAS RE ARAGÓN
 / La intervención familiar puede iniciarse de oficio o a demanda de una persona, la familia o de la unidad de convivencia o de la familia extensa, de miembros de la comunidad, de profesionales de servicios sociales, de profesionales de otros sistemas de protección social...
/ En el Centro de Servicios Sociales se hace una valoración interdisciplinar sobre las características de la situación, los factores de riesgo y vulnerabilidad, las características de los miembros de la unidad de convivencia, del entorno...
/ Se diseña una propuesta de intervención que se somete a la unidad de convivencia para su conformidad.
/ Las atenciones acordadas se mantienen mientras exista algún miembro de la unidad de convivencia que requiera atención, aun cuando se produzca la derivación de alguno de sus miembros para una atención especializada.
¿Dónde?
En los centros Municipales o Comarcales de Servicios Sociales.
Observaciones
Se consideran las siguientes necesidades:
/ En el área de salud: ausencia o insuficiencia de conocimiento, capacidad o predisposición sobre la importancia de la educación para la salud (de la alimentación, higiene, prevención de enfermedades, sexualidad, planificación familiar, etc).
/ En el área económica: ausencia o insuficiencia de capacidad o conocimientos para gestionar un sistema de autonomía económica, acceder a una vivienda digna o a los equipamientos básicos adecuados a las necesidades familiares.
/ En el área educativa: ausencia o insuficiencia de conocimiento, capacidad o predisposición sobre la importancia de la formación en el desarrollo personal y profesional.
/ En el área social: ausencia o insuficiencia de capacidad para mejorar las relaciones de convivencia en el entorno familiar, para relacionarse con la comunidad. Comportamientos y conductas que generan conflictos en la relación.
Normativa
/ Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón (BOA 132 de 10 de julio de 2009).
/ Decreto 143/2011, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Catálogo de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
/ Ley 9/2014, de 23 de octubre, de Apoyo a las Familias de Aragón.
Información y contacto
Instituto Aragonés de Servicios Sociales. Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales. Servicios Centrales:
Paseo María Agustín, 16 (50004) Zaragoza Tfno. 976715600 e-mail: iass@aragon.es Dirección Provincial de Huesca:
Avda. de Juan XXIII, 2 (22003) Huesca Tfno.974293333 e-mail: iasshuesca@aragon.es Dirección Provincial de Teruel:
Avda. Sanz Gadea, 11 (44002) Teruel Tfno. 978641313 e-mail: iassteruel@aragon.es
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