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 GUÍA DE RECURSOS PARA LAS FAMILIAS RE ARAGÓN
 / Prestación Familiar por hijo o hija con discapacidad a cargo.
/ Pensiones no Contributivas de Jubilación.
El derecho a esta pensión no impide el ejercicio de actividades laborales lucrativas o no, que sean compatibles con la discapacidad de la persona pensionista y que no representen un cambio en su capacidad real para el trabajo.
Normativa
/ Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social
/ Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo, por el que se desarrolla en materia de pensiones no contributivas la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por el que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas.
/ Orden PRE/3113/2009, de 13 de noviembre, por el que se dictan normas de aplicación y desarrollo del Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo, por el que se desarrolla en materia de pensiones no contributivas, la ley 26/1990, de 20 de diciembre, sobre rentas e ingresos computables y su imputación.
/ Ley 8/2005 de 6 de junio, para compatibilizar las pensiones de invalidez en su modalidad no contributiva con el trabajo remunerado.
/ Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia
Información y contacto
Instituto Aragonés de Servicios Sociales. Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales Servicios Centrales:
Paseo María Agustín, 16 (50004) Zaragoza Tfno. 976715600 e-mail: iass@aragon.es Dirección Provincial de Huesca:
Avda. de Juan XXIII, 2 (22003) Huesca Tfno.974293333 e-mail: iasshuesca@aragon.es Dirección Provincial de Teruel:
Avda. Sanz Gadea, 11 (44002) Teruel Tfno. 978641313 e-mail: iassteruel@aragon.es Dirección Provincial de Zaragoza:
Paseo Rosales, 28 Duplicado (50008) Zaragoza Tfno. 976716220 e-mail: iassza@aragon.es
Pensiones no contributivas por invalidez
20/ VALORACIÓN Y RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DISCAPACIDAD
¿Para quién?
Para residentes en Aragón con discapacidad física, psíquica o sensorial.
Finalidad
Garantizar el acceso a los beneficios y recursos que los organismos públicos proporcionan a las personas con discapacidad.
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