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GUÍA DE RECURSOS PARA LAS FAMILIAS RE ARAGÓN
Instituto Aragonés de la Juventud.
En Zaragoza:
C/ Franco y López, 4 (50005) Tfno. 976716810
CIPAJ. Casa Morlanes. Pza. San Carlos, 4 (50001) Tfno. 976721818 En Huesca:
C/ San Jorge, 65 (22004) Tfno. 974 247 320
En Teruel:
C/ San Francisco, 1 (44001) Tfno. 978 641 036
e-mail: informacion.iaj@aragon.es
Instituto Aragonés de la Juventud. Carné alberguista
39/ TUTELA DE ADULTOS
¿Para quién?
Personas cuyas discapacidades, enfermedades o deficiencias de carácter físico o psíquico son persistentes, y les impiden gobernarse por sí mismas.
Los sectores sobre los cuales confluyen más causas (que no motivos) para la modificación en su capacidad de obrar son:
/ Personas con discapacidad intelectual.
/ Personas con enfermedad mental.
/ Personas mayores con demencias u otro tipo de deterioro cognitivo.
Tipología de la ayuda
Ejercicio de la tutela, curatela, guarda de hecho y cargo de defensor judicial de estas personas.
¿Cuándo?
Cuando dichas funciones sean encomendadas a la Administración de la Comunidad Autónoma por la correspondiente resolución judicial.
Observaciones
/ La enfermedad deberá ser actual y persistente, duradera, de evolución crónica, no siendo previsible una mejoría sustancial y que además impida su autonomía personas en la toma de decisiones.
/ La declaración de incapacidad compete al Juez de Primera Instancia del lugar en el que resida el presunto incapaz.
Normativa
/ Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria.
/ Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas.
/ Decreto 13/2004, de 27 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se modifican parcialmente el decreto 168/1998 del 6 de octubre, por el que se crea la Comisión de Tutela y Defensa Judicial de Adultos,
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