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1.5. Atención residencial
Comprende el conjunto de servicios destinados a proporcionar alojamiento, temporal o permanente según los casos, a las personas y familias que care cen de este recurso básico, o que por necesidades especiales se considere adecuado su alojamiento en diferentes tipos de equipamientos que ofrecen una atención personalizada y continuada. Con carácter general incluyen una atención integral a los colectivos sociales a los que va dirigido.
1.5.A. Alojamiento de urgencia
Definición
Alojamiento no permanente destinado a cubrir una necesidad sobrevenida y de urgencia de alojamiento. Dirigido a las personas y familias que ante la pérdi da repentina o ausencia de alojamiento o la imposibilidad de permanecer en su domicilio por diversos motivos, ya sean económicos, sociales, sanitarios o de rivados de la ausencia de familiares u otras redes de apoyo, requieran el acce so a otras formas alternativas de convivencia.
Usualmente se utilizan los siguientes equipamientos: viviendas para emergen cia o urgencia social, plazas hoteleras concertadas y acogimiento familiar de urgencia entre otros. Puede constituir una forma de acceso al resto de servi cios de atención residencial.
Población destinataria
Personas o familias en situación de urgencia social y de pobreza y/o exclusión social.
Forma de acceso a la prestación
Derivación. Decisión técnica.
CATÁLOGO DE REFERENCIA DE SERVICIOS SOCIALES 33