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Actas
Tal y como lo define el Reglamento Notarial las actas son documen- tos que tienen como contenido la constatación de hechos o la per- cepción que de los mismos tenga el notario, siempre que por su índole no puedan calificarse de actos y contratos, así como sus jui- cios o calificaciones.
Capitulaciones matrimoniales
Aunque pueda parecer poco romántico, el matrimonio supone un nuevo contrato económico legal con consecuencias judiciales.
El Código Civil contempla los siguientes regímenes económicos del matrimonio:
Régimen de gananciales Régimen de separación de bienes Régimen de participación
Compraventa
El notario explicará cuales son los derechos y deberes de las par- tes, el contenido de la escritura tanto de compraventa como de préstamo hipotecario.
Declaraciones de herederos
Según el código civil, las personas con derecho a heredar, a falta de testamento expreso del fallecido, son las siguientes:
1o.- Hijos y descendientes.
2o.- Padres y ascendientes.
3o.- Cónyuge.
4o.- Hermanos e hijos de hermanos (si concuren ambos, los prime- ros heredan por cabezas y los segundos por estirpes, es decir, que los hijos de hermanos heredan la parte que corespondía a su padre/madre).
5o.- Resto de parientes colaterales hasta el cuarto grado de consan- guinidad.
6o.- E, defecto de todos los anteriores, Estado.