Page 7 - MONTT GROUP MAGAZINE, ENERO 2018 (ESPAÑOL)
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Chile: Comienza Implementación de
Ley de Fomento al Reciclaje
El Ministerio del Medio Ambiente iniciará la compleja puesta en marcha de esta disposición, también denominada de Responsabilidad Extendida del Productor (REP), con acciones tendientes a establecer las metas de recuperación y valorización de seis productos prioritarios que serán controlados.
Recientemente se publicó en el Diario Oficial el Reglamento que norma el procedimiento mediante el cual el Ministerio del Medio Ambiente deberá elaborar los Decretos Supremos que contempla la puesta en marcha de la Ley de Fomento al Reciclaje, conocida también como de la Responsabilidad Extendida del Productor (REP). Dichos Decretos deberán controlar la recuperación de parte de los denominados productos prioritarios que establece la ley cuando éstos hayan terminado su vida útil.
La Ley de Fomento al Reciclaje se promulgó en mayo de 2016 y abrió un período de alrededor de un año, -que se acaba de cumplir-, para que esa Secretaría de Estado comenzara a llevar a cabo una norma bastante compleja que introduce nuevos instrumentos de gestión ambiental.
Esta esperada disposición obliga a fabricantes e importadores de seis productos prioritarios (aceites lubricantes, aparatos eléctricos y electrónicos, baterías, envases y embalajes, neumáticos y pilas)a recuperar un porcentaje de sus productos cuando éstos se transforman en residuos, que será fijado anualmente por el Ministerio del Medio Ambiente. Si no se cumplen esas metas, las empresas se exponen a multas de hasta 10 Unidades Tributarias Anules (UTA), es decir casi cinco millones y medio de pesos.
Próximos Pasos
Para implementar las leyes es necesario elaborar Decretos Supremos que vayan estableciendo metas de recolección y valorización de estos productos prioritarios, a través de un proceso de varias fases, que podría extenderse por cerca de 14 meses más.
De hecho, próximamente el Ministerio del Medio Ambiente publicará una resolución que instruye abrir un expediente para elaborar el Decreto Supremo que fije la meta de recuperación y valorización a partir de este año para una primera categoría que comprenden Envases y Embalajes y Neumáticos. Esta resolución indica el producto prioritario, así como las categorías o subcategorías y el plazo para recibir antecedentes sobre la materia.
Luego, junto a otros estudios, la Secretaría de Estado realizará un análisis general del impacto económico y social, que deberá evaluar los costos que implique el cumplimiento del anteproyecto, así como sus principales beneficios. Durante este período, el Ministerio también deberá constituir un comité operativo ampliado, integrado por representantes de los ministerios, de los productores, los gestores de residuos, las asociaciones de consumidores, los recicladores de base, la academia, las organizaciones no
gubernamentales, entre otros. Dentro de los seis primeros meses,la Secretaría de Estado tendrá que elaborar el anteproyecto de Decreto Supremo y publicar un extracto en el Diario Oficial. Luego viene un período de 70 días de consultas a organismos competentes, tras lo cual se elaborará la propuesta de Decreto Supremo que fija la meta, que será remitida al Consejo de Ministros para la Sustentabilidad para su discusión y pronunciamiento. Luego de eso se elabora el Decreto definitivo, que es entregado, con posterioridad, a la Contraloría para que tome razón.
Residuos Anuales
En materia de inclusión, se dará inicio al sistema de certificación de competencias laborales de recicladores de base, que permitirá a este grupo participar, de manera formal, del sistema de gestión de residuos. Es gente que durante años trabajó fuera del sistema; hoy la ley les pone una serie de condiciones que los iguala con un gestor privado, que conoce el negocio, es decir, cómo separar los residuos, qué vender y a quién. Para participar en este sistema, el Ministerio del Medio Ambiente creará un registro, donde conste que estos recolectores cuentan con las autorizaciones sanitarias y ambientales correspondientes. A este listado se podrán incorporar esas alrededor de 60 mil personas que ejercen este oficio libremente en el país, lo que contribuirá a formalizar su actividad.
En paralelo, y a fin de colaborar con el cumplimiento de las exigencias establecidas a los productores, los municipios podrán celebrar convenios con recicladores de base, y además deberán incorporar en sus ordenanzas la obligación de recolección selectiva cuando así lo establezca el Decreto de un determinado producto. También promoverán la educación ambiental en materia de residuos. Para apoyar esta tarea, la ley contempla un Fondo del Reciclaje por dos mil millones de pesos, destinado a financiar proyectos y programas para prevenir la generación de residuos y fomentar su reciclaje.
Hoy se producen en nuestro país cerca de 17 millones de toneladas de residuos cada año, de los cuales cerca de siete millones de toneladas corresponden a desechos domiciliarios. Esto implica que la tasa de generación es de poco más de un kilo diario por habitante. De ello, menos del 10 por ciento se recicla, lo que implica que más del 90 por ciento de los desperdicios terminan enterrados en un relleno sanitario o en un vertedero, con las consecuentes pérdidas de materias primas y energía que se podrían generar.
Montt Latin American Magazine p7


































































































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