Page 63 - OPOSOCIAL 25 - GUIA DE AYUDAS PARA LAS FAMILIAS
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 ¿Cuál es el contenido de la prestación?
Se trata de una prestación con una doble vertiente, en relación con su contenido.
Por una parte, la persona en situación de dependencia recibe una prestación económica destinada a compensar los gastos derivados de los cuidados en el entorno familiar que recibe, cuyo importe depende del grado de dependencia reconocido y su capacidad económica. Así, la prestación puede oscilar entre 153 €/mes y 387,64 €/mes.
Por Real Decreto 1082/2017, de 29 de diciembre, se han actualizado las cuantías del nivel mínimo de protección, aumentándolas para los tres grados, en una media de un 5,26%, para los años 2018, 2019 y 2020.
Y en relación con la persona cuidadora no profesional, debe ajustarse a las normas sobre afiliación, alta y cotización en la Seguridad Social aplicables a estos casos. Así, el Real Decreto 615/2017, de 11 de mayo, prevé la suscripción de un Convenio especial por parte de la persona cuidadora no profesional con la Tesorería General de la Seguridad Social. Por su parte, el Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, establece que a partir de 1 de abril de 2019, las cuotas a la Seguridad Social y por Formación Profesional establecidas cada año serán abonadas conjunta y directamente por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) a la Tesorería General de la Seguridad Social.
Se promoverán además acciones de apoyo a los cuidadores no profesionales que incorporarán programas de formación, información y medidas para atender los períodos de descanso.
3. PRESTACIÓN ECONÓMICA DE ASISTENCIA PERSONAL
La prestación económica de asistencia personal tiene como finalidad la promoción de la autonomía de las personas en situación de dependencia, en cualquiera de sus grados.
Su objetivo es contribuir a la contratación de una asistencia personal, durante un número de horas, que facilite al beneficiario el acceso a la educación y al trabajo, así como una vida más autónoma en el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria.
¿Cuál es el contenido de la prestación?
Se trata de una prestación económica cuyo importe depende del grado de dependencia reconocido y de la capacidad económica del beneficiario. Así, la prestación puede oscilar entre 300 €/mes y 715,07 €/mes.
Por Real Decreto 1082/2017, de 29 de diciembre, se han actualizado las cuantías del nivel mínimo de protección, aumentándolas para los tres grados, en una media de un 5,26%, para los años 2018, 2019 y 2020, consecuencia del “Informe para el análisis de la situación del Sistema de la Dependencia, de su sostenibilidad y de los actuales mecanismos de financiación, para evaluar su adecuación a las necesidades asociadas a la Dependencia” emitido por la Comisión de Análisis de la Situación de Dependencia, creada por Acuerdo de Consejo de Ministros de 10 de febrero de 2017, e informado por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en su reunión extraordinaria de 19 de octubre de 2017.
4. OFICINA DE ATENCIÓN A LA DISCAPACIDAD (OADIS)
La Oficina de Atención a la Discapacidad, en adelante OADIS, es un órgano consultivo del Consejo Nacional de la Discapacidad adscrita a la Dirección General de Políticas de Discapacidad del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social. El artículo 56 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, establece que la OADIS es el órgano del Consejo Nacional de la Discapacidad, de carácter permanente y especializado, encargado de promover la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
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