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 Tema 32 – Oposiciones Trabajo Social. La Inmigración en Aragón
establecerán las vías adecuadas para facilitar y potenciar la participación en las decisiones de interés general de los ciudadanos extranjeros residentes en Aragón.”
Además, el artículo 29 del Estatuto, al tratar de las políticas de fomento de la integración social de las personas inmigrantes, dice: “Los poderes públicos de Aragón promoverán las políticas necesarias para la integración socioeconómica de las personas inmigrantes, la efectividad de sus derechos y deberes, su integración en el mundo educativo y la participación en la vida pública”. Es decir, que los poderes públicos aragoneses están obligados a promover la integración de las personas de origen extranjero en el terreno social y económico, en el mundo educativo, en la participación en la vida pública.
 Decreto 113/2001, de 22 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la Comisión Interdepartamental para la inmigración como órgano colegiado con la finalidad de coordinar la política del Gobierno de Aragón en materia de inmigración y el Foro de la Inmigración en Aragón como órgano colegiado de carácter consultivo para la participación y representación en el ámbito de la política social para Inmigrantes en Aragón.
 Decreto 4/2004, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la adscripción y composición de la Comisión Interdepartamental para la Inmigración y el Foro de la Inmigración en Aragón.
 Decreto 185/2012, de 17 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento que regula el Foro de la Inmigración en Aragón.
 Decreto 186/2012, de 17 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento que regula la composición y régimen de funcionamiento de la Comisión Interdepartamental de Inmigración.
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