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Tema 20 – Oposiciones Trabajo Social. La Responsabilidad Pública.
del Sistema Público de Servicios Sociales, mediante la fórmula de acuerdos de acción concertada a través de gestión directa con entidades de iniciativa social.
En el artículo 3 de la Ley de Servicios Sociales de Aragón se define el Sistema de servicios sociales como “El sistema integrado por el conjunto de recursos, prestaciones, planes, programas, proyectos, equipamientos y equipos técnicos, de titularidad pública y privada, que se destinan a la atención social de la población y contribuyen de forma integrada y coordinada a la consecución de los objetivos de las políticas de servicios sociales”.
Además, especifica que el Sistema Público de Servicios Sociales está integrado por el conjunto de servicios sociales de titularidad pública, tanto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón como de las entidades locales aragonesas integradas en el mismo, que ajustarán su actuación a lo previsto en esta Ley.
Y concreta que el sistema de servicios sociales de responsabilidad pública estará formado tanto por los servicios propios del Sistema Público como por los de titularidad privada que provean prestaciones sociales públicas de acuerdo con lo establecido en el ordenamiento jurídico.
2.- MARCO NORMATIVO
La normativa básica que hay que tener en cuenta para el desarrollo de este tema, es la siguiente:
Estatuto de Autonomía. Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de Reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Aragón, en su artículo 71.34a atribuye la competencia exclusiva en materia de: “Acción social, que comprende la ordenación, organización y desarrollo de un sistema público de servicios sociales que atienda a la protección de las distintas modalidades de familia, la infancia, las personas mayores, las personas con discapacidad y otros colectivos necesitados de protección especial”. Señalar también el artículo 23.1
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