Page 35 - Microsoft Word - PORTAFOLIO-Proyectos Artísticos 2020.docx
P. 35

La producción de teatro Clásico permitirá a los artistas puedan tener contacto internacional, que fortalecerá y les permitirá tener acceso a nuevas tendencias, propuestas escénicas y que a su vez los motivará a seguir investigando y creciendo.
Además, y fundamentado en lo siguiente, la institución cuenta con el fundamento legal para promover un fondo presupuestario a la Producción internacional:
1.- Señala la Ley No 7023. Artículo 1o.- “Créase, como institución cultural especializada del Estado, el Teatro Popular Melico Salazar, adscrito al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, para fomentar y desarrollar las artes del espectáculo y la popularización de la cultura...”
2. La misma Ley en su artículo 2o indica: - El Teatro Popular Melico Salazar tendrá su domicilio en la ciudad de San José y ejercerá sus actividades dentro y fuera del territorionacional.
3.- Que el artículo 3, inciso e, de la mencionada Ley, determina que es un fin del Teatro, establecer convenios artístico-culturales con entidades o personas de los sectores público y privado, nacionales y extranjeras.
- Que el Reglamento para las Coproducciones del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, sus programas y sus Órganos Desconcentrados, No. 30451-C, de fecha 9 de abril de 2002, publicado en La Gaceta No. 88 del 9 de mayo del mismo año, establece las condiciones indispensables para que la Administración realice coproducciones artísticas con instituciones públicas o figuras independientes.
A partir de lo expuesto es que se plantea desarrollar este proyecto como parte de las actividades de Proyectos Artísticos 2020.
Responsables del proyecto:
Este proyecto estará a cargo del Teatro Popular Melico Salazar y La Compañía Nacional de Teatro.
Población Meta
Por las necesidades técnicas del espectáculo seleccionado el Teatro de la Aduana, resulta ser el ideal para la puesta en escena.


































































































   33   34   35   36   37