Page 2 - 24 Horas en Movimiento Digital Edición 06-04-2024
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¿Jubilación forzosa?
E l conflicto por la posibilidad de que se física y mental a cargo del Instituto Nacional de Salud Ocu-
imponga la jubilación obligatoria a los 65 pacional, el cual valorará su estado de salud (…)”.
Aunque no emplea las palabras forzosa u obligatoria ni
años tendría que encontrar vías de solu-
otra que se le asemeje en concepto, el enunciado de aquel
ción razonables y ajustadas al ordena-
Opinión: Los Tiempos miento legal, pero parece un diálogo en parágrafo sí es una imposición: “se acogerán y ejercerán”
no admite condiciones.
dos idiomas distintos.
El párrafo siguiente abre la posibilidad de una “conti-
Por una parte, los médicos y sindicatos de trabajadores nuidad laboral”, pero la condiciona, de manera implícita,
de los servicios públicos de salud rechazan el Proyecto de a la decisión de una instancia estatal en función de los re-
Ley 035 (PL 035) que contempla esa posibilidad y puede sultados de un examen médico.
ser aprobado por la Asamblea Legislativa Plurinacional. Pero ¿quién confía en los funcionarios de las ins-
Por otra parte, las autoridades gubernamentales procla- tancias estatales, especialmente si se trata de hacer
man que esa su iniciativa legislativa no impone la jubilación valer sus derechos? Los que rechazan el PL 035 no
forzosa y destacan el beneficio que representará para quie- proclaman esa desconfianza, tampoco explican con
nes tienen una renta exigua. claridad las razones de sus protestas que son com-
Es cierto que ese proyecto de ley propone mejorar la prensibles y bien justificadas, pues ese proyecto
Pensión Solidaria de Vejez de los asegurados del Sistema vulnera el derecho de los adultos mayores al tra-
Integral de Pensiones, especialmente para algunos sectores bajo sin restricciones ni valoraciones de instan-
específicos. cias estatales.
Pero ese no es el punto en cuestión. El rechazo es a la La Convención Interamericana sobre la
Disposición Adicional Única del PL 035. Protección de los Derechos Humanos de las
“Con el objeto de coadyuvar con la preservación de la Personas Mayores, ratificada por el Estado
salud y bienestar de la población adulta mayor, los asegu- boliviano, establece que “la persona
rados dependientes, que tengan sesenta y cinco (65) años o mayor tiene derecho al trabajo digno y
más de edad (…), se acogerán y ejercerán el derecho a una decente y a la igualdad de oportunidades
pensión de vejez o pensión solidaria de vejez (…)”, enuncia y de trato respecto de los otros trabaja-
ese punto del documento. dores, sea cual fuere su edad”, y el PL
Y para ese fin, establece que quienes deseen seguir tra- 035 coarta ese derecho.
bajando “podrán someterse a un examen médico de aptitud
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