Page 4 - Microsoft Word - Capitulo Seguridad y Medio Ambiente prueba 5
P. 4
Clasificación YPF: No Confidencial
MANUAL OPERATIVO ESTACIONES DE SERVICIO
SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE
1. MARCOS LEGALES VIGENTES (Nacional, Provincial, Municipal, anexo matriz legal)
La operación de las Estaciones de Servicio es regulada por una serie de normas de aplicación a
nivel nacional, provincial y municipal. A continuación, se presentan las principales Leyes Nacionales
de Presupuestos Mínimos que deben cumplimentarse en función de las características de cada
establecimiento.
Esta descripción es a modo orientativo, debiendo siempre verificar las normas que apliquen en
adición a las jurisdicciones provinciales y municipales que correspondan, las cuales serán siempre
en concordancia con la normativa nacional o más restrictiva que ésta.
3.1 Normas de Seguridad e Higiene:
Ley 19.587 Normativa de Seguridad e Higiene laboral Decreto reglamentario 351/79
Comprende las normas técnicas y medidas sanitarias, precautorias, de tutela o de
cualquier otra índole que tengan por objeto: proteger la vida, preservar y mantener la
integridad psicofísica de los trabajadores; prevenir, reducir, eliminar o aislar los
riesgos de los distintos centros o puestos de trabajo; y estimular y desarrollar una
actitud positiva respecto de la prevención de los accidentes o enfermedades que
puedan derivarse de la actividad laboral.
Ley 24.577 Accidente de Trabajo
Regulación de las ART, nóminas, responsabilidades, obligaciones de todos los
actores intervinientes en la relación laboral. Establece derechos, deberes y
obligaciones a todas las partes.
Ley 18.284 Código Alimentario Argentino
Es el conjunto de disposiciones higiénico-sanitarias, bromatológicas y de
identificación comercial de alimentos.
Ley 20744 Régimen de Contrato de Trabajo
Decreto 1.338/96. Regulación del servicio de medicina laboral y servicio de higiene y
seguridad
Determina el alcance y funciones del servicio del Responsable Técnico de Seguridad
y Medicina Laboral.
Decreto 911/96 Seguridad en la construcción
Res. 231/1996 Condiciones Básicas de Seguridad que se deben cumplir en una
Obra de Construcción
Resolución 51/97
Establécese mecanismo para la adopción de medidas de seguridad preventivas,
correctivas y de control en obras de construcción.
Resolución 35/98
Establécese mecanismo para la coordinación en la redacción de los Programas de
Seguridad, su verificación y recomendación de medidas correctivas en las obras de
construcción, a los efectos de cumplimentar con lo normado por los artículos 2º y 3º
de la Resolución Nº 51/97.
Clasificación YPF: No Confidencial