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SÍMBOLOS DE LA PATRIA















                         Bandera                  Himno Nacional del Perú                 Escudo


                          DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS                  ACTA DE SUSCRIPCIÓN DEL
                         (Aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948)  ACUERDO NACIONAL
         Artículo  1.  Todos  los  seres  humanos  nacen  libres  e  iguales  en  dignidad  y   Artículo 20
         derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse   1.  Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.  El 22 de julio de 2002, conscientes de nuestra respon-
         fraternalmente los unos con los otros.  2.  Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.  sabilidad de alcanzar el bienestar de la persona, así
         Artículo 2. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados   Artículo 21  como el desarrollo humano y solidario en el país, los
         en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión,   1.  Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directa-  representantes de las organizaciones políticas, religio-
         opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición   mente o por medio de representantes libremente escogidos.  sas, de la sociedad civil y del Gobierno, sin perjuicio de
         económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distin-  2.  Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a
         ción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o   las funciones públicas de su país.  nuestras legítimas diferencias, hemos aprobado un con-
         territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, (…).  3.  La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; (…)  junto de políticas de Estado que constituyen un Acuerdo
         Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad   Nacional, a cuya ejecución nos comprometemos a partir
         de su persona.                       Artículo 22. Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la   de hoy.
                                              seguridad social, y a obtener,(…) la satisfacción de los derechos económicos,
         Artículo 4. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y   sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su
         la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.  personalidad.  Las políticas que hemos acordado están dirigidas a al-
         Artículo 5. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhu-  Artículo 23  canzar cuatro grandes objetivos:
         manos o degradantes.                 1.  Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a   •   Democracia y Estado de Derecho
         Artículo 6. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento   condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra   •   Equidad y Justicia Social
         de su personalidad jurídica.           el desempleo.                       •   Competitividad del País
         Artículo 7. Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a   2.  Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por   •   Estado Eficiente, Transparente y Descentralizado
         igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda   trabajo igual.
         discriminación  que infrinja  esta Declaración  y contra toda provocación  a tal   3.  Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y   1.-  Democracia y Estado de Derecho
         discriminación.                        satisfactoria, (…)                     Convenimos  en que el Estado de Derecho y la
         Artículo 8. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales   4.  Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la
         nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos   defensa de sus intereses.  democracia representativa son garantía del impe-
         fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.  Artículo 24. Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo   rio de la justicia y de la vigencia de los derechos
         Artículo 9. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.  libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones pe-  fundamentales, así como un aspecto esencial con-
                                              riódicas pagadas.
         Artículo 10. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a   ducente a lograr la paz y el desarrollo del país.
         ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial,   Artículo 25
         para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de   1.  Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure,   2.-  Equidad y Justicia Social
         cualquier acusación contra ella en materia penal.  así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimenta-
                                                ción, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales   Afirmamos  que  el  desarrollo  humano  integral,  la
         Artículo 11                            necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo,   superación de la pobreza y la igualdad de acceso a
         1.  Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su ino-  enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos (…)
           cencia mientras no se pruebe su culpabilidad, (…)  2.  La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia es-  las oportunidades para todos los peruanos y perua-
         2.  Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de co-  peciales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio,   nas, sin ningún tipo de discriminación, constituyen
           meterse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional.   tienen derecho a igual protección social.  el eje principal de la acción del Estado.
           Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de   Artículo 26
           la comisión del delito.            1.  Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratui-  3.- Competitividad del País
         Artículo 12. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada,   ta, (…). La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y   Concordamos que para lograr el desarrollo huma-
         su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su   profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores   no y solidario en el país, el Estado adoptará una
         reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales   será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
         injerencias o ataques.               2.  La educación  tendrá por objeto  el pleno  desarrollo  de la personalidad   política económica sustentada en los principios de
         Artículo 13                            humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las   la economía social de mercado, reafirmando su rol
         1.  Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia   libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la   promotor, regulador, solidario y subsidiario  en la
           en el territorio de un Estado.       amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y   actividad empresarial.
                                                promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el
         2.  Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y   mantenimiento de la paz.
           a regresar a su país.
                                              3.  Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que   4.- Estado Eficiente, Transparente y Descentralizado
         Artículo 14                            habrá de darse a sus hijos.            Afirmamos nuestra decisión de consolidar un Es-
         1.  En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a
           disfrutar de él, en cualquier país.  Artículo 27                            tado  eficiente,  transparente  y  descentralizado  al
                                              1.  Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de   servicio de las personas, como sujetos de derechos
         2.  Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente   la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y
           originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y   en los beneficios que de él resulten.  y obligaciones.
           principios de las Naciones Unidas.  2.  Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y   Finalmente, nos comprometemos  a establecer  los
         Artículo 15                            materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas,   mecanismos  de seguimiento  necesarios  para institu- Prohibida su reproducción total o parcial
         1.  Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.  literarias o artísticas de que sea autora.  cionalizar el cumplimiento de las veintinueve políticas
         2.  A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a      Artículo 28. Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e   de estado del Acuerdo Nacional, mediante la convoca-
            cambiar de nacionalidad.          internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declara-  toria a reuniones periódicas nacionales y regionales del
         Artículo 16                          ción se hagan plenamente efectivos.   Acuerdo Nacional, el establecimiento de una secretaría
         1.  Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin   Artículo 29
           restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y   1.  Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en   técnica autónoma, la creación de una oficina estatal de
           fundar una familia, (…).             ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.  apoyo y enlace, y su difusión permanente a la sociedad
         2.  Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá   2.  En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda   en su conjunto.
           contraerse el matrimonio.            persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley
                                                con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos   En testimonio de lo cual este Acuerdo Nacional que
         3.  La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene
           derecho a la protección de la sociedad y del Estado.  y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral,   ahora suscribimos tiene carácter vinculante y quedará
                                                del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
         Artículo 17                                                                abierto a la adhesión de otras fuerzas políticas y orga-
         1.  Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.  3.  Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en   nizaciones sociales, comprometiéndonos a observarlo y
                                                oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
         2.  Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.  Artículo 30       cumplirlo durante los próximos veinte años.
         Artículo 18. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de con-  Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere
         ciencia y de religión; (…)           derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desa-  Suscrito en la ciudad de Lima, siendo Presidente de la
         Artículo 19. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expre-  rrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los   República don Alejandro Toledo Manrique, a los veinti-
         sión; (…).                           derechos y libertades proclamados en esta Declaración.  dós días del mes de julio del año dos mil dos.
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