Page 47 - Manual de tramites de los contribuyentes
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Si lo prefiere puede acudir de manera directa haciendo fila de espera en la
Subdelegación u Oficina Auxiliar de Afiliación y Cobranza que le corresponda de
acuerdo al domicilio fiscal o del centro de trabajo en horario de 8:00 a 15:30 horas
de lunes a viernes en días hábiles para el Instituto Mexicano del Seguro Social,
donde el empleado de ventanilla capturará los datos que solicite el sistema, al
término del trámite recibirá de la Subdelegación el Aviso de Registro Patronal
Personas Físicas en el Régimen Obligatorio (ARP-PF) y original de la Tarjeta de
Identificación Patronal.
En caso de que el trámite sea presencial, el formato Aviso de Registro Patronal
Personas Físicas en el Régimen Obligatorio (ARP-PF) impreso por el empleado del
Instituto, deberá ser firmado de manera autógrafa por el patrón en presencia de la
persona que atienda el trámite. En el caso de que no sepa o no pueda firmar, debe
imprimir su huella digital. Una vez concluido el trámite podrá inscribir a sus
trabajadores por medio del Aviso de Inscripción de los Trabajadores (AFIL-02)
contratados a la fecha de su registro, si así lo requiere.
El Instituto procederá a validar o en su caso, rectificar la clasificación manifestada
por el patrón o sujeto obligado, conforme a lo previsto en los artículos 22, 29 y 30
del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación
de Empresas, Recaudación y Fiscalización. En caso de omisión, el Instituto la
determinará de oficio, conforme lo establecido en el artículo 23 del citado
Reglamento.
Los documentos y formatos presentados no deberán contener errores, tachaduras
ni enmendaduras. Cuando los documentos solicitados sean expedidos fuera del
territorio nacional, deberán presentarse legalizados o apostillados, y en su caso,
acompañar la traducción al español.
Cuando el patrón, sujeto obligado o representante legal ya esté registrado en el
Instituto Mexicano del Seguro Social y abra centros de trabajo en diferentes
municipios, podrá solicitar a la Subdelegación u Oficina Auxiliar de Afiliación y
Cobranza que controle el domicilio fiscal, la asignación del nuevo registro patronal.