Page 89 - Vivienda Integral de Interés Social - Tecnologías Anternativas
P. 89

NORMAS APLICADAS AL SISTEMA

                                            CONSTRUCTIVO - VIS                                                  79



                  4.1 Normas Aplicadas

                  El  presente  ensayo  constructivo  no  pretende  generar  la  norma  o  normas  de

                  construcción;  sino  por  el  contrario  y  en  la  búsqueda  de  utilizar  nuevas
                  tecnologías o nuevos elementos o materiales de construcción, estos estén sujetos

                  a  las  exigencias  de  las  normas  existentes;  si  tenemos  en  cuenta  las  nuevas
                  tecnologías  propuestas,  las  condiciones  del  módulo  estructural  de  la VIS

                  propuesta, donde su modelo no requiere grandes esfuerzos en los nudos para
                  su  estabilidad,  sino  por  el  contrario  su  geometría  o  diseño  propuestos  va a

                  funcionar  estructuralmente  en  caso  de  un  sismo;  en  tal  razón  y  en  primera
                  instancia  el  planteamiento  arquitectónico  para  los  módulos  de  vivienda  de

                  interés  social  aquí  propuesto,  se  fundamentaran  y  se  fundamentará  en  las
                  normativas existentes en Colombia y en especial las consagradas en el Decreto

                  2060 de junio de 2004 y la Ley 400 de 1997, capítulo II y otras normas que
                  veremos a continuación, que en lo práctico dice de los requisitos en la utilización

                  o aplicación de otros materiales y métodos alternos de diseño y constructivos:

                  Artículo  8°.-  Uso  de  Materiales  y  Métodos  Alternos.  Se  permite  el  uso  de

                  materiales  estructurales,  métodos  de  diseño  y  métodos  de  construcción
                  diferentes a los prescritos en la Ley y sus reglamentos, siempre y cuando se

                  cumplan los requisitos establecidos en los artículos siguientes.


                  Artículo 9°.- Materiales Alternos. Se permite el uso de  materiales estructurales
                  no previstos en la Ley y sus reglamentos, mediante autorización previa  de  la

                  COMISIÓN  ASESORA  PERMANENTE  PARA  EL  RÉGIMEN  DE CONSTRUCCIONES
                  SISMO RESISTENTES, en los términos del Art. 14.


                  Artículo  10°.-  Métodos  Alternos  de  Análisis  y  Diseño.  Se  permite  el  uso  de

                  métodos de análisis y diseño estructural diferentes a los prescritos por la Ley,
                  siempre  y  cuando  el  diseñador  estructural,  demuestre  que  la  alternativa

                  propuesta,  cumpla  con  los  términos  de  seguridad,  durabilidad  y  resistencia,




                                                                                          VIS – Eco Vivienda
   84   85   86   87   88   89   90   91   92   93   94