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42        EL ECONOMISTA
                             MIÉRCOLES 21 de octubre del 2020
                                                                                                   Si Se atienden a tiempo Se curan de cáncer
                                                                                                 “Beneficiarias del Salario rosa

                                                                                                 tienen acceso a mastografías”



                                                                                                     ara que las mujeres puedan pre-
                    Por  instrumento  3593,  volumen 111, de fecha  16 de octubre  de 2020,   “AÑO DE LEONA VICARIO BENEMÉRITA MADRE DE LA PATRIA”  venir o detectar oportunamente el
                    otorgado ante mi fe, se hizo constar la TRAMITACIÓN de la SUCESIÓN
                    INTESTAMENTARIA  A  BIENES  del  señor  GERARDO  MONDRAGÓN                  Pcáncer de mama, el Gobernador
                    GUEVARA, a solicitud de los señores SANTIAGO MONDRAGÓN GUEVARA,              del Estado de México, Alfredo Del Mazo
                    ELIDIA MONDRAGÓN GUEVARA y ROCÍO MONDRAGÓN GUEVARA, quien
                    comparece por su propio derecho y en representación de sus hermanos los   EDICTO  Maza, invitó a las beneficiarias del Sa-
                    señores  MARÍA  PATRICIA  MONDRAGÓN  GUEVARA  y  EPIGMENIO                   lario rosa, más de 312,000, a visitar su
                    MONDRAGÓN GUEVARA, todos en su carácter de hermanos del de cujus.  PARA EMPLAZAR A : PAKMAIL CENTER OF AMERICA, INC
                                                        En cumplimiento a lo ordenado por autos de ocho de septiembre de dos mil veinte y uno   Centro de Salud cercano y realizarse
                                                        de  septiembre  de  dos  mil  diecinueve,  emitido  en  los  autos  del  juicio,  ORDINARIO
                          Naucalpan de Juárez, Estado de México; a 16 de octubre de 2020.  MERCANTIL, promovido por GALINDO RODRIGUEZ RODRIGO, en contra de PAK   mastografías gratuitas.
                                                        MAIL FRANQUICIAS, S. DE R.L. DE C.V. Y CAROLINA HERRERA DE COSTABLE, con
                                                        número de expediente 754/2016, la C. Juez Cuarto de lo Civil de esta Ciudad, ordeno   “El día de ayer fue el Día Internacional
                                                        emplazar en términos de lo ordenado en auto de ocho de septiembre del dos mil veinte,
                                                        que  en  su  parte  conducente  dice:  EN  LA  CIUDAD  DE  MÉXICO,  A  OCHO  DE   de la Lucha Contra el Cáncer de Mama,
                            CLAUDIA GABRIELA FRANCÓZ GÁRATE  SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE .-Agréguese a sus autos el escrito de la parte   una enfermedad de las mujeres, que si   Alfredo Del Mazo, gobernador del Edomex,
                            NOTARIO 153 DEL ESTADO DE MÉXICO  actora por conducto de su mandataria judicial, como lo solicita, y visto el estado que
                                                        guardan  los  presentes  autos,  toda  vez  que  obran  los  informes  de  las  diversas   se atiende a tiempo se puede curar.  entregó tarjetas del Salario rosa a 4,000 amas
                                                        dependencias a las que se les fue solicitado, el domicilio de la codemandada PAKMAIL   de casa de 14 municipios de la zona norte.
                                                        CENTER  OF AMERICA,  INC,  en  tal  virtud,  con  fundamento  en  lo  establecido  por  el    “Por eso, dentro del programa del
                                                        artículo 1070 del Código de Comercio, cúmplase con el emplazamiento a dicho ordenado
                                                        en auto admisorio de uno de septiembre de dos mil dieciséis, POR MEDIO DE EDICTOS,   Salario rosa, a todas las beneficiarias les   cativos, el mandatario estatal recalcó
                                                        los que se publicarán por tres veces, consecutivas, en el periódico “EL ECONOMISTA”, y
                                                        en el periódico “DIARIO DE MEXICO”, para que dentro de un plazo de CUARENTA DÍAS,   estamos haciendo su mastografía gra- que este programa tiene como objetivo
                                                        FRQWDGRV  D  SDUWLU  GHO  GtD  VLJXLHQWH  HQ  TXH  VH  YHUL¿TXH  OD  ~OWLPD  SXEOLFDFLyQ  GH  ODV
                                                        ordenadas, de contestación a la demanda instaurada en su contra, y oponga excepciones   tuita para que puedan prevenir. Las in- reconocer a las jefas de familia.
                                                        y  defensas,  así  mismo  para  que  señale  domicilio  en  esta  ciudad  para  oír  y  recibir   vitamos a que se acerquen a los cen-  Dijo que con este apoyo, la adminis-
                                                        QRWL¿FDFLRQHV   DSHUFLELGD  TXH  GH  QR  KDFHUOR   VH  WHQGUi  SRU  FRQWHVWDGD  HQ  VHQWLGR
                                                        QHJDWLYR  \ ODV QRWL¿FDFLRQHV  LQFOXVR ODV SHUVRQDOHV  OH VXUWLUiQ SRU %ROHWtQ -XGLFLDO  FRQ   tros de Salud, al más cercano, para que   tración que encabeza  también entre-
                                                        apoyo en los artículos 271 y 637 del Código de Procedimientos Civiles, en aplicación
                                                        supletoria  a  la  legislación  mercantil,  quedando  en  la  Secretaria  de  este  juzgado,  las   puedan hacerles su mastografía gratui- ga útiles escolares gratuitos, a más de
                                                        copias para traslado correspondientes. - NOTIFIQUESE LO PROVEYO Y FIRMA LA C.
                                                        JUEZ CUARTO DE PROCESO ESCRITO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL   ta. Las invitamos también a que hagan la   3,000,000 de alumnos de preescolar,
                                                        DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MEXICO LICENCIADA FLOR DE MARIA
                                                        HERNANDEZ MIJANGOS ANTE LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A” LICENCIADA   autoexploración, porque es muy impor- primaria y secundaria.
                                                        KARLA VANESA  PONCE  MERAZ  LO  QUE  HAGO  DE  SU  CONOCIMIENTO  EN
                                                        TERMINOS DEL ARTICULO 115 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES- QUE   tante que si tienen alguna duda puedan   Reconoció que las mujeres son las
                                                        AUTORIZA Y DA FE- DOY FE-...” “...En la Ciudad de México, a uno de septiembre del   acudir al médico y revisarse, valorarse; y   mejores administradoras de los recur-
                                                        dos  mil  dieciséis.  Agréguese  a  sus  autos  el  escrito  de  cuenta  presentado  por  la
                                                        promovente y en términos del mismo se tiene desahogando la prevención ordenada en   si requieren atención médica, cuenten   sos en casa, además, se encargan de
                                                        autos en los términos que indica, por tanto se procede a admitir la presente demanda. Se
                                                        tiene  por  presentado  a  GALINDO  RODRIGUEZ  RODRIGO  por  su  propio  derecho,   con nosotros para apoyarles en el trata- las labores domésticas, a las que hoy se
                                                        quien  comparece  a  demandar  en  la  VIA  ORDINARIA  MERCANTIL  de  PAK  MAIL
                                                        FRANQUICIAS,  S.  DE  R.L.  DE  C.V.  Y  CAROLINA  HERRERA  DE  COSTABILE  las   miento”, las exhortó.  suma apoyar en el ciclo escolar en línea,
                                                        prestaciones que se indican, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1377, 1378,
                                                        y  demás  relativos  y  aplicables  del  Código  de  Comercio,  se  admite  y  con  las  copias    Al entregar tarjetas del Salario rosa, a   pues deben estar al pendiente de que
                                                        simples exhibidas córrase traslado y emplácese a la parte (s) demandada (s) para que
                                                        dentro del término de QUINCE DÍAS produzca su contestación a la demanda instaurada   cerca de 4,000 amas de casa de 14 mu- sus hijos sigan las clases.
                                                        en  su  contra,  apercibida  que  de  no  hacerlo  se  tendrán  por  confesados  los  hechos,   nicipios de la zona norte de la entidad,   La administración mexiquense man-
                                                        siempre  que  el  emplazamiento  se  haya  entendido  personal  y  directamente  con  el
                                                        demandado, su representante o apoderado; ordenándose dejar a salvo sus derechos   reunidas en domicilios y planteles edu- tiene el apoyo del Salario rosa.
                                                        para probar en contra. En cualquier otro caso se tendrá por contestada la demanda en
                                                        sentido negativo, como lo previene el artículo 332 del Código Federal de Procedimientos
                                                        Civiles  de  aplicación  supletoria  a  la  legislación  mercantil.  Túrnese  la  cédula  de
                                                        QRWL¿FDFLyQ  \  WUDVODGRV  UHVSHFWLYRV  DO  &   $FWXDULR  GH  OD  DGVFULSFLyQ  para  su
                                                        diligencia. Por señalado el domicilio que indica para los efectos que precisa. Se tienen
                                                        por autorizados a los profesionistas que indica y de los cuales proporciona su número de
                                                        cédula profesional y demás personas que menciona en términos del párrafo tercero del
                                                        artículo 1069 del Código de Comercio. En cumplimiento al acuerdo 10-03/2012, emitido
                                                        en sesión de fecha diecisiete de enero del año dos mil doce, en relación a la circular 6/12
                                                        “Se hace del conocimiento de las partes que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad
                                                        de México, motivado por el interés de que las personas que tienen algún litigio, cuenten
                                                        FRQ RWUD RSFLyQ SDUD VROXFLRQDU VX FRQÀLFWRV  SURSRUFLRQDUD ORV VHUYLFLRV GH PHGLDFLyQ D
                                                        través de su Centro de Justicia alternativa, donde se les atenderá en forma gratuita, la
                                                        mediación no es asesoría jurídica. El Centro se encuentra ubicado en Avenida Niños
                                                        Héroes 133, colonia Doctores, delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, Código Postal
                                                        06500, con el teléfono 51341100 Extensiones 1460 Y 2362; Servicio de Mediación Civil
                                                        mercantil:  52072584  y  52083349”  mediación.civil.mercantil@tsjdf.gob.mx;  servicio  de
                                                        Mediación Familiar 55142860 Y 5514-5822 mediación.familiar@tsjdf.gob.mx. “SE HACE
                                                        DEL  CONOCIMIENTO  DE  LAS  PARTES  EL  CONTENIDO  DEL  ARTÍCULO  15  DEL
                                                        REGLAMENTO DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE ARCHIVOS DEL PODER JUDICIAL
                                                        DE LA CIUDAD DE MÉXICO” mismo que fue aprobado por el Consejo de la Judicatura de
                                                        la Ciudad de México en acuerdo general 22-02/2012 el día diez de enero de dos mil doce
                                                        y que ala letra dice artículo 15 Los órganos jurisdiccionales en plenitud de jurisdicción
                                                        GHEHQ REVHUYDU TXH OD OHJLVODFLyQ  VXVWDQWLYD \ DGMHWLYD FRQWHPSOD HQWUH RWUDV ¿JXUDV
                                                        jurídicas  la:  caducidad,  conclusión,  cosa  juzgada,  desechamiento,  desistimiento,
                                                        desvanecimiento  de datos, expiración,  extinción,  incompetencia,  perdón, prescripción,
                                                        reconocimiento  de  inocencia,  se  trate  de  la  última  resolución,  bien  sea  porque  la
                                                        sentencia  correspondiente  causó  ejecutoria  y  no  requiere  ejecución  alguna  o  porque
                                                        requiriéndola, existe proveído en el cual se determinó que quedó enteramente cumplida o
                                                        que ya no hay motivo para la ejecución, sobreseimiento, o por cualquier otra que la misma
                                                        norma señala, entre otros los duplicados de expedientes que se hayan integrado con las
                                 En términos del artículo 70 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México, hago constar   copias simples exhibidas por las partes en los términos de los artículos 57 y 95 fracción
                    que por escritura pública número 94,485, de fecha 13de octubre del año 2020, otorgada ante la fe del   IV del Código de Procedimientos Civiles, los cuadernillos de amparo también conocidos
                    suscrito notario, se radicó la sucesión intestamentaria a bienes del señor ARTURO OLIVARES ROCHA, a   como amparos locos, etc., a través de las cuales puede procederse a la destrucción de
                    solicitud de la señora MARÍA TERESA TREJO MENDIOLA, quien aceptó sujetarse a lo establecido en los   los acervos documentales que se encuentran en resguardo en sus archivos. Por lo que,
                    artículos 126 y 127 de la Ley del Notariado del Estado de México, 68 y 69 de su reglamento, para la   mediante  el  acuerdo  que  se  sirvan  dictar  en  cada  una  de  las  determinaciones  que
                    tramitación  extrajudicial  de  la  sucesión  intestamentaria  de  referencia,  declarando  que  no  tienen   FRUUHVSRQGDQ  D  ODV  ¿JXUDV  MXUtGLFDV  UHIHULGDV   GHEHUiQ  QRWL¿FDU  DO  SURPRYHQWH  y
                    conocimiento de la existencia de disposición testamentaria alguna que haya otorgado el de cujus, ni de la   promoventes que una vez transcurrido el termino de NOVENTA DIAS NATURALES de la
                    existencia de persona alguna con igual o mejor derecho a heredar.  publicación  que  al  efecto  se  lleve  a  cabo  de  este  acuerdo,  serán  destruidos  los
                                                        documentos base o prueba, así como el expediente con sus cuadernos que se hayan
                                En dicho instrumento el suscrito notario, dio fe de tener a la vista la partida de defunción del autor de la   formado con motivo de la acción ejercitada por lo que dentro del plazo concedido deberán
                    sucesión  y  los  documentos  que  acredita  ser  la  cónyuge  supérstite  la  señora  MARÍA TERESA TREJO
                    MENDIOLA.                           solicitar su devolución. Para una vez estando en aptitud las interesadas, de solicitar la
                                                        devolución de los documentos allegados a juicio y que les correspondan respectivamente,
                                                        lo que deberán de hacer dentro del termino antes mencionado. De conformidad con los
                             Tlalnepantla, México, a 19 de Octubre del año 2020.  Acuerdos Generales del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México 3648/2012,
                                                        emitido en sesión de veinte de noviembre del año dos mil doce y  5009/2013, emitido en
                                                        sesión de veintiséis de febrero del año dos mil trece, se hace del conocimiento a los
                               LIC. MAURICIO TREJO NAVARRO.  litigantes, que se delegaron diversas facultades al Secretario Conciliador, como es la
                              NOTARIO PÚBLICO NÚMERO DIECIOCHO   HODERUDFLyQ \ GHVSDFKR GH ORV R¿FLRV QHFHVDULRV RUGHQDGRV HQ ORV DFXHUGRV UHODFLRQDGRV
                              DEL ESTADO DE MÉXICO, CON RESIDENCIA   con los juicios radicados en los juzgados, así como los de índole administrativa, dentro de
                                EN TLALNEPANTLA DE BAZ.
                                                        RWUDV  5HTXLULpQGRVH D ODV SDUWHV D ¿Q GH TXH HQ OR VXFHVLYR ODV SURPRFLRQHV  GHEHUiQ
                                                        contener en el rubro, el nombre de la parte actora, el nombre de la parte demandada y
                                                        número de expediente, tal y como lo dispone el artículo 270 del Código de Procedimientos
                                                        civiles.-” Se hace del conocimiento a las partes contendientes que de conformidad
                                                        con lo que dispone el artículo 17 de la carta magna, todos los servicios que presta
                                                        este Juzgado son gratuitos. Hágase del conocimiento del encargado del turno, que
                                                        tiene el término de Ley, para elaborar el trabajo”. Finalmente, en cumplimiento al Decreto
                                                        que declara reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de
                                                        los estados Unidos Mexicanos, en materia de la Reforma Política de la Ciudad de México,
                                                        publicada  el  veintinueve  de  enero  de  dos  mil  dieciséis,  conforme  al  Décimo  Cuarto
                                                        transitorio del referido decreto, que a la letra dice: “(...) A partir de la fecha de entrada en
                                                        vigor  de  este  Decreto,  todas  las  referencias  que  en  esta  Constitución  y  demás
                                                        ordenamientos jurídicos se hagan al Distrito Federal, deberán entenderse hechas a la
                                                        Ciudad de México (...)” NOTIFÍQUESE. LR SURYH\y \ ¿UPD OD &  -XH] &XDUWR GH ORV &LYLO
                                                        de la Ciudad de México Licenciada Flor de María Hernández Mijangos quien actúa
                                                        legalmente ante la C. Secretaria de Acuerdos Licenciada Karla Vanesa Ponce Meraz.-
                                                        DOY FE ...” ------------------------------------------------------------------------------------------------------
                                                        -----------------------------------------------DOS RUBRICAS-------------------------------------------------
                                                              En la Ciudad de México, a 10 de Septiembre de 2020.
                                                                 EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”
                                                                 LIC. VICTOR IVAN CHAVEZ ROSEY.
                                                        Para su debida publicación POR TRES VECES CONSECUTIVAS, en el periódico “EL
                                                        ECONOMISTA” y en el periódico “DIARIO DE MEXICO”, en la sección de avisos judiciales
                                                        de esta Ciudad, en los estrados de este juzgado.
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