Page 170 - Manual técnicas comerciales
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Cada paquete cupón que el vendedor retirará semanalmente, a parte
de los topes referidos en el apartado A), también puede contener libros de
los diferentes productos de lotería instantánea.
Una vez el vendedor recibe dichos libros, deberá ordenarlos por
producto, procediendo obligatoriamente a lo que se denomina “confirmación”,
a través del terminal punto de venta, acción que sirve para comunicar a la
ONCE que esos libros ya obran en poder del vendedor.
Posteriormente, deberá realizar la acción de “activar” únicamente el
libro que vaya a poner a la venta, no debiendo activar ningún otro hasta que
el primer libro activado haya sido vendido en su integridad, y por encima de
todo y muy importante, no se deberá poner a la venta ningún libro no
confirmado ni activado previamente.
Una vez el vendedor venda su primer libro, y proceda a activar el
segundo, automáticamente, con la acción de activación, se le dará por
vendido informáticamente el primero, procediéndose a su liquidación el
siguiente día laborable a este hecho.
Así sucederá sucesivamente con el resto de libros, hasta que la
comercialización de cualquier producto de lotería instantánea finalice,
momento en el que al vendedor siempre le quedará un libro por abonar a la
ONCE, el último que haya sido activado de ese producto concreto, pudiendo
el vendedor devolver los boletos sueltos de dicho libro que no haya podido
vender, siendo descontado el importe de éstos de su liquidación posterior.
LA LIQUIDACIÓN.
Se entiende por liquidación el acto en el que el Agente-Vendedor abona
el importe del producto vendido, realizándose en la mañana del siguiente día
hábil al de celebración del sorteo correspondiente y por la totalidad del
importe facial del producto vendido.
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