Page 42 - Documentos Internos del Colegio
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  REGLAMENTO INTERNO DEL COLEGIO MEXICANO DE LICENCIADOS EN TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN (CMLTI)
El presente Reglamento Interno es de interés para todos los Asociados del Colegio, y para todos los funcionarios del Colegio que tengan asignado un cargo dentro del mismo.
Estos Reglamentos complementan los Estatutos, el Código de Ética, y los Lineamientos del Servicio Social y para la Designación de Peritos del Colegio Mexicano de Licenciados en Traducción e Interpretación.
Este Reglamento será de observancia obligatoria para todos y cada uno de los Miembros del Colegio.
Capítulo Primero
ADMINISTRACIÓN Y VIGILANCIA
ARTÍCULO 1o
Según el Artículo 22 de los Estatutos del CMLTI, la dirección, administración y vigilancia del Colegio estará respectivamente a cargo de:
- La Asamblea General;
- El Consejo Directivo;
- El Consejo de Vigilancia.
Para la administración del Colegio, según el Artículo 49 de los Estatutos del CMLTI, la Asamblea de Asociados
podrá crear diversas Comisiones Especiales para que auxilien al Consejo Directivo.
Organigrama
ARTÍCULO 2o
Los órganos de la Asociación tendrán la jerarquía que se muestra a continuación en el Organigrama del Colegio. Esta jerarquía no sólo muestra los niveles de responsabilidad, sino también los vínculos que deberán existir para una sana comunicación entre los diferentes órganos: Consejos y Comisiones Especiales.
 Formada por todos los Asociados del Colegio
Ejecución, Control y Compliance
Comisiones Especiales
Asamblea General de Asociados
     C. de Honor y Justicia
Consejo de Vigilancia
C. de Educación Continua
C. de Designación de Peritos
Consejo Directivo
C. de Servicio Social
C. de Planificación
C. de Admisión
C. de Publicidad y Prensa
Capítulo Segundo
convocatorias se realizarán a través de los correos electrónicos que cada uno de los Asociados haya registrado como preferente para oír y recibir notificaciones; además, se publicarán en el Sitio Oficial del Colegio en www.cmexlti.org, y en todas las redes sociales oficiales del Colegio. Dicha convocatoria deberá cumplir con los requerimientos establecidos en la fracción
DE LA ASAMBLEA DE ASOCIADOS
ARTÍCULO 3o - Convocatoria
Las Asambleas Generales de Asociados, ya sean Ordinarias o Extraordinarias, serán convocadas de acuerdo con el Artículo 25 de los Estatutos del Colegio. Dichas
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