Page 143 - 33
P. 143

Por otro  buena  fe77,  lo  cual  no  sucederá  si  se   Con relación a las cargas y gravámenes inscri­
                  demuestra que sabía o estaba en la posibilidad   tos sometidos a condición o a plazo, tampoco
                  de saber que el  bien  no le pertenecía al  cons­  consideramos que deban ser levantados, pues
                 tituyente, sino al  ocupante por la  posesión ad   al estar inscritos gozan de plena oponibilidad
                  usucapionem que  éste  ha  mantenido.  A  este   y al no haberse iniciado el plazo prescriptorio,
                  punto es relevante entender que la usucapión   son  derechos vigentes  y,  por  lo tanto,  exigi­
                 es un medio de prueba de la propiedad y que,   óles  frente  a  los  demás.  Por  cierto,  en  caso
                  por lo tanto, debe ser consultada siempre. Si los   los  derechos  sean  constituidos  después  de
                 terceros quieren estar seguros del derecho que   perfeccionada  la  usucapión,  resultarán  opo-
                 adquieren deben ahondaren la posesión, pues   nibles  también  al  amparo  del  artículo  2014
                 ésta sirve para revelar al dueño del bien.    del Código Civil.





            U n ive rsid a d   de  Lim a



































            R evista  e d ita d a   p o r  a lu m n o s   de  la  Facultad  de  D e rech o  de  la   37.  "Que, la buena fe,  conforme aparece en la Exposición de Motivos Oficial del Código Civil,  'la buena fe que se exige a


                     una persona a efectos de constituirse en tercero registral, es la de ignorar la existencia de inexactitud en lo publicado
                     por el registro. En otros términos, si en verdad existen razones de nulidad, rescisión o resolución, que no aparecen en
                     el registro,  ellas además deben  ser desconocidas por quien pretende ampararse en  el principio estudiado',  bajo ese
                     contexto se puede inferir que la creencia del tercero respecto de que su transmitente ostente título libre de mácula, se
                     enerva cuando conoce la existencia de una situación que vicia ese título. La buena fe consiste en el desconocimiento
                     de la  inexactitud del registro  e  implica  una  conducta  correcta,  leal,  honesta  que,  de  acuerdo  al artículo  2014,  se
            AD VO C ATU S  133   extra registral; es por ello, que es necesario exigir que la mala fe se demuestre, esto es, debe ponerse en evidencia que
                     mantiene  (presume)  mientras  no se pruebe  que el tercero conocía  la  inexactitud del registro o la verdad material
                     el tercero tenía conocimiento de una situación jurídica viciante del título de su transferente, ya sea por encontrarse
                     sujeto a hechos que determinen su invalidez (nulidad o anulabilidad) o ineficacia (rescisión o resolución). Este tipo de
                     conocimiento conforme lo señala la exposición de motivos del Código Civil debe ser uno perfecto, directo, probado de
                     manera concluyente, por mérito de actos realizados por el mismo adquiriente o de hechos que forzadamente deben ser
                     conocidos por él, o dicho de otro modo, cuya ignorancia no es posible sustentar". Casación  N° 1691-2015-Loreto.



          1 4 2  R ó m  u l o    M  u ñ o z    S á n  c h  e z
   138   139   140   141   142   143   144   145   146   147   148