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Opinión de la propuesta para modificar el artículo 79



                  Mi opinión sobre lo que se busca en este artículo al modificarlo en una primera
                  instancia  es  promover  la  igualdad  en  las  personas  discapacitadas,  así  como
                  también proteger y asegurar el goce pleno de los derechos de estas personas.

                  Y entre las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias
                  físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con
                  diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad,
                  en igualdad de condiciones con las demás.

                  Y dentro de los servicios que una persona discapacitada requiere para gozar un
                  nivel de salud más alto en medida de lo posible como lo señala el artículo 7 de la
                  ley  general  de  salud  se  requiere  de  la  rehabilitación  del  paciente.  Así  como
                  también se nos hace mención de esto en el artículo 3 de la ley general de salud
                  sección XVII la prevención de la discapacidad y la rehabilitación de las personas
                  con discapacidad; nos hace mención nuevamente a la profesión de terapia física.


                  Por lo que el estado de  México tiene como obligación proporcionar servicios de
                  rehabilitación a las personas con discapacidad esto con el fin de que lleven una
                  vida emocional y productiva de manera plena.

                  Por lo que considero y estoy de acuerdo con el hecho de que los profesionales en
                  el  área  de  terapia  física  han  realizado  un  muy  buen  apoyo  en  el  área  de  la
                  medicina  y  la  ciencia  no  solamente  para  las  personas  discapacitada  como  lo
                  menciona  la  lectura  sino  que  también  han  ayudado  a  deportistas  a  mejorar  su
                  condición física, a distintas personas más a corregir alguna actividad de su vida
                  diaria que estén haciendo mal, entre muchas otras actividades.

                  Y  en  lo  personal  y  con  la  evidencia  antes  mostrada  considero  que  es  justo  y
                  necesario  reconocer  a  los  Licenciados  en  terapia  física  como  parte  de  los
                  profesionales de la salud mencionados en el artículo 79 de la ley general de salud
                  permitiendo  así  con  esta  acción  que  su  carrera,  conocimientos  y  estudios  sean
                  más validos y tomados más en cuenta por otros profesionales de la salud ya que
                  es una carrera demasiado  importante para la prevención y rehabilitación de las
                  personas que merece que las instituciones que la imparten sean tomadas como
                  validas  de  manera  oficial  y  sean  avaladas  ante  la  ley,  ya  que  este  oficio  es  lo
                  suficientemente complejo como para que solo sea considerado como una carrera
                  auxiliar.

                  Y  me  alegra  y  me  siento  satisfecha  y  conforme  por  el  hecho  de  que  se  haya
                  reformado el artículo 79 de la ley general de salud aprobando así la terapia física.
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