Page 10 - Manual 117160170
P. 10

10


                  Estos conllevan una responsabilidad que es limitado al monto de cada uno de los aportes

                  que individualmente cada uno hizo.

                  Sociedad de Comunidad de bienes: Este se relaciona con aquellos que se asocian y

                  comparten actividad comercial en común.

                  Sociedad  Colectiva:  Para  esta  sociedad  los  socios  deben  intervenir  en  la  gestión  y

                  responden de manera ilimitada o personal por cualquier tipo de deudas ante la sociedad,
                  e incluso pueden responder las deudas con alguno de sus bienes


                  Sociedad  en  Civil:  Este  tipo  de  Sociedad  está  conformada  por  dos  tipos  de  socios:

                  Gestores y Comanditario, los socios Gestores administra la sociedad y responde de forma
                  ilimitada


                  Empresas  de  Responsabilidad  Limitada:  Estas  son  conformadas  por  empresas  con
                  sentidos limitados. Y están conformadas y establecidas por una sola persona.


                  Corporación  Comanditaria  de  categoría  Simple:  Se  caracteriza  por  ser  de  modo

                  personal, sus socios principales aportan trabajo, capital, además de subsidiar las deudas
                  de sus relaciones comanditarias o sociales que solo aportan capital, siendo su contribución

                  ilimitada a diferencia de aquellos.

                  Corporación  de  formación  limitada  consecutiva:  No  demanda  desembolso

                  previamente. Es común a la sociedad de Responsabilidad limitada protegiendo a terceros

                  con  ciertas  leyes  obligatorias  establecidas.  Existen  beneficios  o  retribuciones  a  los
                  participantes involucrados-


                  Sociedad Anónima: Corresponde a un solo socio. Las contribuciones o aportes divididos
                  entre los accionistas conforman su capital. La fiscalidad está determinada por el impuesto

                  social.

                  Corporación  Comanditaria  por  Acciones:  La  responsabilidad  recae  en  el  socio

                  colectivo que asume la administración de la corporación, siendo el quien responde a las

                  deudas en tal caso.  Su capital está formado y sustentado por los socios que conforman la
                  sociedad dividido en partes iguales.
   5   6   7   8   9   10   11   12   13   14   15