Page 5 - Convenio DIF
P. 5

puedan tener acceso en virtud del presente convenio, derivado de los proyectos de servicio social. Esta obligación
            es recíproca y tendrá aplicación aún después de concluida la relación que se establece entre las partes mediante
            la firma del presente instrumento.

            DÉCIMA NOVENA.- El presente convenio de colaboración es producto de la buena fe, por lo que todo conflicto que
            se llegase a presentar en cuanto a su interpretación, aplicación, formalización y cumplimiento, será resuelto de
            común acuerdo entre las partes.

            VIGÉSIMA.- Las partes acuerdan que este convenio podrá ser modificado o adicionado en cualquier momento, sin
            más requisito que la voluntad de ambas, obligándose a cumplir tales modificaciones o adiciones a partir de la fecha
            en que se suscriban, en el entendido de que el presente convenio solo podrá ser modificado con la finalidad de
            perfeccionar su objeto.

            VIGÉSIMA PRIMERA.- El presente convenio de colaboración tendrá vigencia a partir de la fecha de su firma y
            hasta el 30 septiembre del 2022, en el entendido de que las partes se obligan a mantenerlo actualizado y funcional.

            VIGÉSIMA  SEGUNDA.-  El  convenio  podrá  ser  concluido  por  cualquiera  de  las  partes  por  así  convenir  a  sus
            intereses, para lo cual deberá notificársele por escrito a la otra parte con al menos 30 días de anticipación a la fecha
            en que el convenio dejará de surtir sus efectos.

            LEÍDO EL PRESENTE INSTRUMENTO, Y ENTERADAS LAS PARTES DEL CONTENIDO Y ALCANCE DE CADA UNA DE
            SUS CLÁUSULAS, INDICANDO QUE EN SU CELEBRACIÓN NO EXISTE DOLO, MALA FE O CUALQUIER OTRO MOTIVO
            QUE VICIE SU CONSENTIMIENTO, FIRMAN AL CALCE, POR TRIPLICADO Y EN MUTUO ACUERDO, EN LA  CIUDAD DE
            AGUASCALIENTES, AGS., A LOS 24 DÍAS DEL MES DE ENERO DE 2020.

                                                           FIRMAS


                                     “DIF”                                          “EL ICA”


                   _____________________________________           _______________________________________
                      LAE NANCY XÓCHITL MACÍAS PACHECO             ARQA. CLAUDIA PATRICIA SANTA ANA ZALDÍVAR
                                  DIRECTORA                                   DIRECTORA GENERAL


                                   TESTIGO                                          TESTIGO

                  _______________________________________         ________________________________________
                            LIC. MANUEL ALEJANDRO  CASTILLO REYES    LIC. JUAN FRANCISCO VÁZQUEZ GAMA
                       UNIDAD JURÍDICA ADMINISTRATIVA              DIRECTOR DE UNIVERSIDAD DE LAS ARTES










                                                          Página 5 de 5
   1   2   3   4   5