Page 5 - Convenio DIF
P. 5
puedan tener acceso en virtud del presente convenio, derivado de los proyectos de servicio social. Esta obligación
es recíproca y tendrá aplicación aún después de concluida la relación que se establece entre las partes mediante
la firma del presente instrumento.
DÉCIMA NOVENA.- El presente convenio de colaboración es producto de la buena fe, por lo que todo conflicto que
se llegase a presentar en cuanto a su interpretación, aplicación, formalización y cumplimiento, será resuelto de
común acuerdo entre las partes.
VIGÉSIMA.- Las partes acuerdan que este convenio podrá ser modificado o adicionado en cualquier momento, sin
más requisito que la voluntad de ambas, obligándose a cumplir tales modificaciones o adiciones a partir de la fecha
en que se suscriban, en el entendido de que el presente convenio solo podrá ser modificado con la finalidad de
perfeccionar su objeto.
VIGÉSIMA PRIMERA.- El presente convenio de colaboración tendrá vigencia a partir de la fecha de su firma y
hasta el 30 septiembre del 2022, en el entendido de que las partes se obligan a mantenerlo actualizado y funcional.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- El convenio podrá ser concluido por cualquiera de las partes por así convenir a sus
intereses, para lo cual deberá notificársele por escrito a la otra parte con al menos 30 días de anticipación a la fecha
en que el convenio dejará de surtir sus efectos.
LEÍDO EL PRESENTE INSTRUMENTO, Y ENTERADAS LAS PARTES DEL CONTENIDO Y ALCANCE DE CADA UNA DE
SUS CLÁUSULAS, INDICANDO QUE EN SU CELEBRACIÓN NO EXISTE DOLO, MALA FE O CUALQUIER OTRO MOTIVO
QUE VICIE SU CONSENTIMIENTO, FIRMAN AL CALCE, POR TRIPLICADO Y EN MUTUO ACUERDO, EN LA CIUDAD DE
AGUASCALIENTES, AGS., A LOS 24 DÍAS DEL MES DE ENERO DE 2020.
FIRMAS
“DIF” “EL ICA”
_____________________________________ _______________________________________
LAE NANCY XÓCHITL MACÍAS PACHECO ARQA. CLAUDIA PATRICIA SANTA ANA ZALDÍVAR
DIRECTORA DIRECTORA GENERAL
TESTIGO TESTIGO
_______________________________________ ________________________________________
LIC. MANUEL ALEJANDRO CASTILLO REYES LIC. JUAN FRANCISCO VÁZQUEZ GAMA
UNIDAD JURÍDICA ADMINISTRATIVA DIRECTOR DE UNIVERSIDAD DE LAS ARTES
Página 5 de 5