Page 11 - Informe de Gestión - GSJR
P. 11
Esta norma permitirá un óptimo control respecto al proceso que siguen los
Certificados de Depósitos Judiciales, desde su registro hasta la entrega del mismo
al beneficiario; además precisa el tratamiento que deben de seguir aquellos
certificados que no cuentan con expedientes a la vista y su posterior custodia.
e) Reglamento de Aranceles Judiciales
Al finalizar el primer semestre del año en curso, se aprobó el nuevo Reglamento
de Aranceles Judiciales, mediante Resolución Administrativa N° 176-2020-CE-
PJ de fecha 30 de junio de 2020. Dicho instrumento normativo precisa un
conjunto de definiciones de los principales conceptos, determina el procedimiento
de validación y registro de los comprobantes de pago, mediante las Mesas de Parte
Físicas y Electrónicas, así como el control posterior del mismo mediante las
herramientas informáticas diseñadas para dicha finalidad.
Este reglamento precisa que el pago de los Aranceles Judiciales, se debe realizar
considerando la cuantía del correspondiente proceso; la misma que es calculada
con sujeción a lo dispuesto en los artículos 11° y 12° del Código Procesal Civil.
Finalmente; la norma indica que, quienes están obligados al pago de Aranceles
Judiciales, los que se encuentran exonerados de acuerdo a los supuestos establecidos
en el artículo 24° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, incorporando también lo dispuesto por la Norma del Sistema Antisoborno
NTP ISO 37001 de aplicación en el Poder Judicial.
f) Reglamento y Procedimiento de Cobranza de Multas Judiciales
La Subgerencia de Recaudación Judicial, remitió Informe N° 055-2020-SRJ-
GSJR-GG-PJ de fecha 19 de noviembre de 2020 a la Gerencia de Servicios
Judiciales y Recaudación a fin de que curse traslado a la Oficina de Asesoría Legal
del Proyecto de “Reglamento y Procedimiento de Cobranza de Multas Judiciales
en el Poder Judicial”, siendo esta propuesta una actualización del Reglamento y
Procedimientos aprobados por la Resoluciones Administrativas N° 177 y 178-
2014-CE-PJ, dejando sin efecto lo dispuesto por la Resolución Administrativa N°
059-2016-CE-PJ, la cual incorporaba la cobranza coactiva, la misma que de
aplicarse ocasionaría un perjuicio económico para el Poder Judicial.
Por recomendación de la Oficina de Asesoría Legal se ha puesto en conocimiento
de la Alta Dirección, que el proyecto de actualización del Reglamento y
Procedimientos de Cobranza de Multas Impuestas es lo más conveniente para
nuestra institución.
III.3. REGISTRO NACIONAL JUDICIAL
a) Boletines de Condena Inscritos en la base de datos del Registro Nacional de
Condenas:
2019 2020
94, 666 24, 191