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                  Información Pública para el Estado
                  y Municipios de Yucatán.










                  Atribuciones
                                                                  IV.- Presentar denuncias y quejas
                  I.- Recibir quejas por presuntas                ante las autoridades respectivas.
                  violaciones a los derechos humanos

                  por actos u omisiones de cualquier              V.- Substanciar y resolver el
                  naturaleza imputables a cualquier               incidente de presentación de
                  autoridad o servidor público.                   personas en los términos de esta
                                                                  ley.
                  II.- Conocer e investigar a petición
                  de parte o de oficio, presuntas                 VI.- Procurar, sin menoscabo de la
                  violaciones a los derechos humanos              ley, la conciliación entre los
                  en los casos siguientes:                        quejosos y las autoridades o
                                                                  servidores públicos señalados como
                  a) Por actos u omisiones de                     presuntos responsables, así como la
                  cualquier naturaleza imputables a               inmediata solución del conflicto
                  cualquier autoridad o servidor                  planteado y la restitución del goce
                  público.                                        del derecho vulnerado, cuando la
                                                                  naturaleza del caso lo permita.
                  b) Cuando algún particular cometa
                  ilícitos con la tolerancia o anuencia           VII.- Presentar, ante la Suprema
                  de alguna autoridad o servidor                  Corte de Justicia de la Nación
                  público, o bien cuando estos                    acciones de in constitucionalidad en
                  últimos se nieguen infundadamente               contra de leyes expedidas por el
                  a ejercer las atribuciones que                  Congreso que vulneren los derechos
                  legalmente les correspondan en                  humanos, dentro de los treinta días
                  relación con dichos ilícitos,                   naturales siguientes a la fecha de la
                  particularmente tratándose de                   publicación de la norma.
                  conductas que afecten la integridad
                  física de las personas.                         VIII.- Presentar, ante el Pleno del
                                                                  Tribunal Superior de Justicia
                  III.- Formular recomendaciones                  erigido en Tribunal Constitucional,
                  públicas no vinculatorias.
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