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Geografía 4° Secundaria
Corriente del Niño
Corriente de agua cálida y de baja salinidad que tiene sus orígenes en
el golfo de Guayaquil, con una dirección de noreste a suroeste. Sus
aguas tropicales son trasladadas por la Contracorriente Ecuatorial,
llegando hasta la península de Paracas, que al combinarse con el
fenómeno de El Niño agudiza los efectos del mismo.
Durante mucho tiempo se pensaba que la corriente del Niño y el
fenómeno de El Niño eran uno solo, hoy sabemos que eso no es así. El
primero es de efectos locales y mucho más pasajero. En cambio el
fenómeno es de efectos mundiales a nivel climático.
Fenómeno de El Niño
Es un fenómeno típico de la interacción entre océano y atmósfera que
se desplaza en dirección contraria a la corriente Peruana. Su
presencia en el Perú se produce a fines de la tercera semana de
diciembre, se le denomina El Niño en alusión al nacimiento del niño
Jesús.
Su origen está vinculado con muchos factores, pues podríamos
señalar que se debe a anomalías atmosféricas que estarían en
relación con el debilitamiento de los vientos alisios. De igual forma,
debido al debilitamiento de los vientos alisios, la presión atmosférica
se ve alterada, generando un cambio de dirección de los vientos. Las
masas de agua cálida se dirigen hacia el este del océano (costa
occidental de América) generando lluvias torrenciales en unos
sectores y sequías en otros (Indonesia).
Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar
La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM, Convención sobre el Derecho del Mar o
Convención del Mar, a veces también llamada CONVEMAR) es considerada uno de los tratados multilaterales más
importantes de la historia, desde la aprobación de la Carta de las Naciones Unidas, siendo calificada como la
Constitución de los océanos. Fue aprobada, tras nueve años de trabajo, el 30 de abril de 1982 en Nueva York
(Estados Unidos). Cubre los siguientes temas de Derecho del mar: límites de las zonas marítimas; zona económica
exclusiva; plataforma continental y alta mar; derechos de navegación y estrechos para la navegación internacional;
Estados archipiélagos; paz y la seguridad en los océanos y los mares; conservación y gestión de los recursos
marinos vivos; protección y preservación del medio marino; investigación científica marina; y procedimientos para la
solución de controversias.
Mar territorial
La Convención establece que todo Estado tiene derecho a establecer la anchura de su mar territorial hasta un
límite que no exceda de 12 millas marinas, medidas a partir de líneas de base determinadas de conformidad con la
misma Convención.
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