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Economía-Cívica                                                                      4° Secundaria


              20
            Semana


          La Constitución Política del Perú en su artículo 138º, señala: «La potestad de administrar justicia emana del pueblo
          y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos, con arreglo a la Constitución y a las leyes».





                                                     LOS ÓRGANOS
                                         JURISDICCIONALESJURISDICCIONALES


                                                Corte Suprema de Justicia

                                                Órgano de máxima jerarquía.
                                                 Su sede es la capital de la
                                                        República.
                                                La Sala Plena está integrada
                                                 por 20 Jueces supremos y
                                              salas especializadas en lo penal,
                                               civil, constitucional y social. El
                                              Presidente de la Corte Suprema
                                              también lo es del Poder Judicial.




                                                    Cortes Superiores

                                          Administran justicia en un distrito judicial.
                                          Está integrada por los Jueces superiores
                                          agrupados en salas civiles - comerciales y
                                                         penales.

                                             Juzgados Especializados y Mixtos

                                     Son de competencia dentro de una provincia. El titular
                                     es un Juez  especializado en una determinada materia:
                                               civil, penal, laboral y de familia.


                                                     Juzgados de Paz
                            Administran justicia en aquellos centros poblados en los que no existe un
                                                  Juzgado de Paz Letrado.
                                   Su titular es el Juez de Paz, el cual puede no ser abogado.
                                   Los Jueces de Paz son elegidos mediante elección popular.















            Compendio                                                                                      -285-
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