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En la mediación mercantil nos
encontramos ante empresas,
comerciantes, o particulares que
realizaron algún acto que la propia ley
reputa como mercantil. Estos actos
jurídicos pueden ir desde operaciones
millonarias entre compañías tras-
nacionales, como operaciones a crédito
entre pymes o bien la suscripción o
emisión de algún cheque o pagaré.
Aquí, la mediación tiene un gran campo de acción, pues en esencia se trata de
derechos disponibles a los particulares que en caso de conflicto pueden ser mediados.
La mediación tiene como uno de sus principales beneficios el de la economía, tanto
económicamente por el mínimo gasto que se genera, como por el tiempo de solución
de los conflictos, ya que en ambos casos si se compara el tiempo y el costo con un
juicio o un arbitraje, la mediación siempre resultará mejor.
Derecho civil es todo aquel que se encuentra relacionado con las personas, sus bienes,
contratos, y en consecuencia sus derechos y obligaciones ante su contra parte, ya sea
acreedor o deudor.
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