Page 3 - derecho literatura fances imagen y habilidades doctrinas filosoficas 5.0
P. 3
¿En qué consiste el Derecho Moral?
Corresponde al autor determinar si su obra ha de ser divulgada y en qué forma, o
la de mantenerla inédita; exigir el reconocimiento de su calidad de autor respecto
de la obra por el creada y la de disponer que su divulgación se efectúe como obra
anónima o seudónima; exigir respeto a la obra, oponiéndose a cualquier
deformación, mutilación u otra modificación de ella, así como a toda acción o
atentado a la misma que cause demérito de ella o perjuicio a la reputación del
autor; modificar su obra; retirar su obra del comercio; y oponerse a que se le
atribuya al autor una obra que no es de su creación.
Una cosa es el registro para proteger la propiedad moral de la obra, en México se
va al Indautor (instituto nacional de los derechos de autor) se llenan los formatos,
registras tu obra y tú ya tienes un certificado de que esa obra es tuya, con eso ya
está protegida.
Si alguien la quiere plagiar o demás estas protegido.
Para cobrar tus derechos tienes que
hacer otro tipo de registro en
entidades que se dedican a
gestionar los derechos de autor
como tal.
Por ejemplo, para que te paguen
todo lo que se genera por la
explotación masiva de las obras y de
forma ejecución publica vas a la
sociedad de autores te registras con
ellos y ellos te pagan para derechos
de reproducción mecánica de
ventas de discos hay editoras que lo
hacen.
Una cosa es la producción de la
obra como tal y otra es todos los
registros y todos los procesos que se
llevan a cabo para las cobranzas.