Page 24 -
P. 24
Proyección al Comercio 23
Internacional
FONDO NACIONAL DE GARANTÍAS:
ES UNA ENTIDAD DE ECONOMÍA MIXTA VINCULADA AL MINISTERIO
DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO, OTORGANDO GARANTÍAS
QUE PERMITAN A LA MIPYME (PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS)
DE TODOS LOS SECTORES ECONÓMICOS (EXCEPTO DEL SECTOR
AGROPECUARIO), EL ACCESO AL CRÉDITO ANTE LOS
INTERMEDIARIOS FINANCIEROS, PARA PROYECTOS VIABLES Y QUE
REQUIERAN FINANCIACIÓN Y NO CUENTEN CON GARANTÍAS
SUFICIENTES.
LEY MARCO
de Comercio Exterior
• CONSTITUCIÓN DE 1.991, ART 150, NUMERAL 19, LITERAL b)
FACULTA AL CONGRESO DE LA REPUBLICA PARA REGULAR EL
COMERCIO EXTERIOR.
• ART 189, NUMERAL 25, (Facultades del Congreso de la República)
- ORGANIZAR EL CRÉDITO PÚBLICO
- MODIFICAR LOS ARANCELES
- AJUSTAR EL RÉGIMEN ADUANERO
- REGULAR EL COMERCIO INTERNACIONAL
- PROMOVER LAS EXPORTACIONES
- IMPLEMENTAR LA EFICIENCIA DEL ¨PIB¨
Ricardo Mejia Bernal