Page 301 - ML_GER_01_Manual de procedimientos Administrativos v1.0
P. 301
Código Versión
MP_GER_01 1.0
GERENCIA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Fecha: 25/11/2020
AVISO: Este documento es propiedad del Área de Calidad y Responsabilidad Social (ACRS) de la Universidad Autónoma de Madrid. Queda prohibida su difusión total o parcial sin una autorización
Página 301 de 310
4. DESARROLLO
El desarrollo del proceso será a través de la publicación de una convocatoria con un número de estancias
explícita de la Gerencia. NOTA: El presente documento se distribuye como copia no controlada. La edición en vigor debe consultarse a través del gestor documental del ACRS.
breves, cuya concesión se realizará en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva.
4.1. Las características de las ayudas:
1.- El número máximo de estancias será de dos a lo largo del disfrute del contrato, siendo
necesarios tres meses naturales para la obtención de la mención internacional
2.- Las estancias susceptibles de recibir esta ayuda tendrán una duración mínima de dos meses y
máxima de tres.
3.- Las ayudas se aplicarán a estancias en centros extranjeros o españoles, siempre que estos estén
ubicados en una localidad distinta a la del centro en que se desarrolla la tesis y que la estancia
implique cambio de residencia respecto del domicilio habitual y familiar. En ningún caso el país
de destino podrá coincidir con el de nacionalidad del beneficiario, salvo justificación razonada
del doctorando con el visto bueno de su director de tesis.
4.- La salida deberá ser obligatoriamente desde Madrid y la vuelta asimismo deberá ser a Madrid.
5.- Por motivos asociados a la instalación en el lugar de realización de la estancia, las fechas del
viaje deberán ser como máximo 5 días anteriores al inicio y a la finalización de la misma.
6.- Las estancias para los contratados FPI-UAM de la convocatoria de 2019 se realizarán a partir de
1 de septiembre de 2020 y hasta el 31 de agosto de 2021. Los de convocatorias anteriores a
2019 podrán realizarse a lo largo del año 2020 y hasta el 31 de agosto de 2021. Las estancias
deberán disfrutarse siempre dentro del plazo de vigencia del contrato.
4.2. Cuantía de las ayudas:
1.- El importe de la ayuda en concepto de estancia será de hasta 20 € por día para estancias en
España y de 40 € por día para estancias en el extranjero.
2.- El importe de la ayuda para el viaje será:
a) Desplazamientos en España: Hasta un máximo de 90 € dentro de la Península; hasta un
máximo de 110 € a Ceuta, Melilla y las Islas Baleares; hasta un máximo de 140 € a las
Islas Canarias.
b) Desplazamientos en el extranjero: Hasta un máximo de 250 € cuando el lugar de destino
sea un país de Europa; hasta un máximo de 900 € cuando el lugar de destino sea un país
del resto del mundo, más los posibles gastos de visado.
Todo ello siempre y cuando las disponibilidades presupuestarias lo permitan y con el criterio de dar
prioridad a los solicitantes que no hayan disfrutado de una ayuda previamente.
4.3. Publicación de la convocatoria y apertura de plazo para participar en la convocatoria
La convocatoria es una resolución rectoral que regula el procedimiento para solicitar las ayudas, los
requisitos de los solicitantes, así como la forma de presentar la solicitud, el plazo y la documentación
que hay que acompañar. Igualmente regula el procedimiento de adjudicación de las estancias breves, y
los criterios para la evaluación de las solicitudes.
La convocatoria se publica en el BOUAM.
GERENCIA – AREA DE CALIDAD Y RESPONSABILIDAD SOCIAL