Page 12 - Estatuto-Editado-SGOS. CASTRO SANTIAGO
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a) El Consejo de Oficiales Generales.
b) El Consejo de Oficiales Superiores.
c) El Consejo de Oficiales Subalternos.
d) El Consejo de Personal de Tropa.
Artículo 7.- De los Órganos Consultivos
Son órganos de conformación que mantienen relación de dependencia directa del
Comando General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana y son los siguientes:
a) Consejo de Oficiales Generales
Es el órgano especializado cuya conformación, relación, atribuciones y
responsabilidades, están establecidos de conformidad al Capítulo VII, “De los
órganos asesores” de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional y su Reglamento.
b) Comité de Gestión de Calidad de Servicio y el Desarrollo Institucional
De conformidad con lo previsto en el artículo 138 del Reglamento General a
la Ley Orgánica del Sector Público (LOSEP), la Fuerza Aérea Ecuatoriana, cuenta
con el Comité de Gestión de Calidad de Servicio y el Desarrollo Institucional,
que tendrá la responsabilidad de proponer, monitorear y evaluar la aplicación
de las políticas, normas y prioridades relativas al mejoramiento de la eficiencia
institucional.
1. Conformación
El Comité tendrá la calidad de permanente, y estará integrado por;
a) Comandante General o Jefe de Estado Mayor, quién lo presidirá.
b) Director/a de Planificación y Gestión Estratégica.
c) Director/a General de Talento Humano.
d) Responsable (s) de la Unidad Administrativa (según la temática a tratar).
2. Atribuciones
El comité tendrá las siguientes atribuciones:
a) Proponer y evaluar la aplicación de las políticas y normas relativas al
desarrollo institucional;
b) Evaluar la aplicación de políticas, normas y prioridades relativas a la
gestión de la calidad del servicio;
c) Proponer y evaluar la aplicación del Modelo de Gestión;
d) Evaluar la implementación de mejoras de la gestión institucional;
e) Evaluar y recomendar la aplicación programática en base a los
resultados de la ejecución de la planificación;
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