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Asuntos de no competencia de la Acuerdos de No
CNDH. Responsabilidad de la CNDH.
1. Actos y resoluciones de organismos y Si al concluir la investigación de la queja se
autoridades electorales. demuestra la no existencia de violaciones a
Derechos Humanos, o de no haberse
2. Resoluciones de carácter jurisdiccional. acreditado éstas de manera fehaciente,
entonces se elabora el acuerdo de no
responsabilidad que debe contener los
3. Consultas formuladas por autoridades, siguientes aspectos:
particulares u otras entidades, sobre la I. Antecedentes de los hechos que
interpretación de las disposiciones fueron alegados como violatorios
constitucionales y legales.
de Derechos Humanos.
II. Enumeración de las evidencias que
demuestran la no violación de
4. Por ningún motivo podrá examinar Derechos Humanos o la
cuestiones jurisdiccionales de fondo. inexistencia de aquellas en las que
5. Conflictos entre particulares. III. se soporta la violación.
Análisis de las causas de no
violación a Derechos Humanos.
IV. Conclusiones.
Los acuerdos de no responsabilidad son
notificados de inmediato a los quejosos y a
las autoridades o servidores públicos
involucrados y serán publicados en la
Figura 5. Asuntos que no les compete
Gaceta de la Comisión Nacional de los
“Además, de acuerdo al artículo 105 Derechos Humanos.
fracción II inciso g) de la Constitución Cabe señalar que este tipo de acuerdos que
Política de los Estados Unidos Mexicanos,
el Presidente de la CNDH, puede presentar expide la CNDH se refieren a casos
acciones de inconstitucionalidad ante la específicos, por lo que no son de aplicación
Suprema Corte de Justicia de la Nación, en general y no eximen de responsabilidad a la
un plazo de treinta días naturales posteriores autoridad respecto a otros casos de la misma
a la publicación de la expedición, reforma o índole.
modificación de leyes de carácter federal,
estatal y del Distrito Federal, así como de
Tratados Internacionales cuando se estime
que vulneren derechos humanos y resulten
incompatibles al texto constitucional o
tratados internacionales suscritos por el
Estado Mexicano.”