Page 16 - LEY ADUANERA MEXICANA
P. 16
CAPITULO III
TEMPORALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN
SECCIÓN PRIMERA
IMPORTACIONES TEMPORALES
I
DISPOSICIONES GENERALES
DEL ARTÍCULO 104 AL ARTÍCULO 105
II
PARA RETORNAR AL EXTRANJERO EN EL MISMO ESTADO
DEL ARTÍCULO 106 AL ARTÍCULO 107
III
PARA LA ELABORACIÓN, TRANSFORMACIÓN O REPARACIÓN EN PROGRAMAS DE MAQUILA O DE EXPORTACIÓN
DEL ARTÍCULO 108 AL ARTÍCULO 112