Page 48 - LEY ADUANERA MEXICANA
P. 48

CAPITULO V


                                                                        DEPÓSITO FISCAL




                                                                            SECCIÓN PRIMERA

                                                       ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO


                                                              DEL ARTÍCULO 177 AL ARTÍCULO 179




                                                                             SECCIÓN SEGUNDA

                           EXPOSICIÓN Y VENTA DE MERCANCÍASS EXTRANJERAS Y NACIONALES


                                                                 DEL ARTÍCULO 180 AL ARTÍCULO 181




                                                                              SECCIÓN TERCERA

                                                                  DEPÓSITO FISCAL AUTOMOTRIZ


                                                                DEL ARTÍCULO 182 AL ARTÍCULO 183




                                                                               SECCIÓN CUARTA

               DEPÓSITO FISCAL PARA LOCALES DESTINADOS A EXOSICIONES INTERNACIONALES

                                                                                DE MERCANCÍAS


                                                                DEL ARTÍCULO 184 AL ARTÍCULO 185
   43   44   45   46   47   48   49   50   51   52   53