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Los documentos básicos de actuación son el plan de prevención de riesgos laborales,
evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva.
• Evitar los riesgos
• Evaluar los riesgos que no se puedan evitar
• Combatir los riesgos en su origen
• Adaptar el trabajo a la persona
• Tener en cuenta la evolución de la técnica
• Sustituir lo peligroso por lo que suponga poco o ningún peligro
• Planificar la prevención
• Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual Dar las
oportunas instrucciones a los trabajadores.
2.2. OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO:
1. Deber de protección de los trabajadores frente a los riesgos industriales (Art.
14).
2. Adoptar cuantas medidas sean necesarias para llevar a la práctica los principios
de la acción preventiva.
3. Planificar la acción preventiva a partir de la evaluación de los riesgos (Art. 16).
4. Informar, consultar y permitir la participación de los trabajadores en cuestiones
de seguridad y salud. (Art. 18).
5. Garantizar la formación en determinados supuestos.
6. Adoptar medidas adecuadas en caso de emergencia.
7. Garantizar a los trabajadores la vigilancia periódica de su estado de salud en
función de los riegos inherentes al trabajo.
8. Elaboración y conservación de la documentación relativa a las obligaciones
establecidas.
9. Garantizar la protección de trabajadores sensibles, maternidad y menores.
10.Proporcionar el mismo nivel de protección en materia de seguridad y salud e los
trabajadores con relaciones de trabajo temporales, de duración determinada y en
empresas de trabajo temporales.
11.Crear servicios de prevención.
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