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44              Normatividad de la Universidad de Guanajuato



                                                        TÍTULO SEXTO
                                                          RECURSOS


                                                       CAPÍTULO ÚNICO
                                           RECURSOS DE REVISIÓN Y RECONSIDERACIÓN

                                     Tipos de recursos           profesores o estudiantes, procederá, se-
                           Artículo 101. Contra los actos o resolu-  gún corresponda, el recurso de reconsi-
                           ciones de los órganos de gobierno e ins-  deración o de revisión en los términos
                           tancias decisorias de la Universidad, que   establecidos en los artículos 88, 89, 90 y
                           en lo individual vulneren las disposicio-  91 del Estatuto Orgánico.
                                                                  Artículo reformado Gaceta Universitaria 30-08-2021
                           nes  y  los  derechos  contenidos  en  este   A r tí c u l o r e f o r m a d o  G a c e t a  U ni v e r si t ar i a   3 0 - 08 - 2 0 21
                           ordenamiento en agravio de profesoras,





                                                   ARTÍCULOS TRANSITORIOS

                           Artículo Primero. El presente reglamen-  el 21 de noviembre de 2008, y se derogan
                           to fue aprobado el 02 de octubre de 2018   todas las disposiciones que se opongan a
                           e iniciará su vigencia el 01 de enero de   lo previsto en el presente ordenamiento.
                           2019, previa publicación en Gaceta Uni-
                           versitaria y el Periódico Oficial del Go-  Artículo Quinto. Se abroga el Reglamen-
                           bierno del Estado de Guanajuato.      to para el Sistema de Docencia no Esco-
                                                                 larizado aprobado por el Consejo Uni-
                           Artículo Segundo. A partir de la publica-  versitario el 21 de noviembre de 2008, y
                           ción del presente ordenamiento los di-  se derogan todas las disposiciones que se
                           versos órganos colegiados de gobierno,   opongan a lo previsto en el presente or-
                           autoridades ejecutivas y dependencias   denamiento.
                           administrativas de la Universidad debe-
                           rán realizar las acciones de planeación y   Artículo Sexto. Los órganos de gobierno
                           organización necesarias con la finalidad   y demás autoridades universitarias, en el
                           de proveer a la correcta entrada en vi-  ámbito de sus respectivas competencias,
                           gencia y operatividad de las disposicio-  emitirán los lineamientos o acuerdos que
                           nes de este ordenamiento.             tengan como objeto proveer a la exacta
                                                                 observancia de este ordenamiento en un
                           Artículo Cuarto. Se abroga el Reglamen-  plazo máximo de un año contado a par-
                           to de Modalidades de Planes de Estudio   tir del inicio de la vigencia de este orde-
                           aprobado por el Consejo Universitario   namiento.















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