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¿Conoces las atribuciones de ambas instituciones?



  •     CNDH.                                                  lo permita;

  Esta Comisión Nacional tiene atribuciones             V.     Impulsar la observancia de los derechos
  más importantes:                                             humanos en el país;
  I.    Recibir quejas de presuntas violaciones         VI. Proponer a las diversas autoridades del
        a derechos humanos;                                    país, que en el exclusivo ámbito de su

  II.   Conocer e investigar a petición de                     competencia, promuevan los cambios y
        parte, o de oficio, presuntas violaciones              modificaciones de disposiciones
        de derechos humanos en los siguientes                  legislativas y reglamentarias, así como
        casos:                                                 de prácticas administrativas, que a
                                                               juicio de la Comisión Nacional
         a.    Por actos u omisiones de                        redunden en una mejor protección de
               autoridades administrativas de                  los derechos humanos;
               carácter federal;

         b.    Cuando los particulares o algún
               otro  agente social cometan
               ilícitos con la   tolerancia o
               anuencia de algún servidor
               público o autoridad, o bien
               cuando estos últimos se nieguen
               infundadamente a ejercer las
               atribuciones que legalmente les
               correspondan en relación con
               dichos ilícitos, particularmente en

               tratándose de conductas que
               afecten la integridad física de las
               personas;
  III.  Formular recomendaciones públicas no
        vinculatorias y denuncias y quejas ante

        las autoridades respectivas, en los
        términos establecidos por el artículo           Figura 1. CNDH Y Profeco firman convenio
        102, Apartado B, de la Constitución             para realizar acciones conjuntas en favor de
        Política de los Estados Unidos                  los Derechos Humanos y Derechos de los
        Mexicanos;                                      Consumidores.
  IV. Procurar la conciliación entre los

        quejosos y las autoridades señaladas
        como responsables, así como la
        inmediata solución de un conflicto                                                           3
        planteado, cuando la naturaleza del caso
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