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 Tema 19 – Oposiciones Trabajo Social. La coordinación en Servicios Sociales.
través del Portal de Participación Ciudadana, de las redes sociales y demás instrumentos de comunicación social.
2. Asimismo, se programarán e impulsarán campañas informativas para dar la más amplia difusión a los instrumentos de participación ciudadana.
Artículo 51. Derecho a formular propuestas de actuación y regulación o sugerencias.
1. Los ciudadanos y las ciudadanas tienen derecho a formular propuestas de actuación y regulación, así como mejoras o sugerencias en relación con el funcionamiento de los servicios que presta la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
2. La Administración habilitará fórmulas para hacer efectivo este derecho y promoverá el reconocimiento público de aquellas iniciativas que hayan posibilitado una mejora de los servicios prestados.
3. Reglamentariamente se establecerán los requisitos y el procedimiento para el ejercicio de este derecho.
CAPÍTULO IV. Disposiciones generales sobre los instrumentos de participación ciudadana.
Artículo 52. Instrumentos de participación ciudadana.
1.Las acciones destinadas a garantizar la participación ciudadana se desarrollarán a través de los instrumentos previstos en este capítulo, sin perjuicio de los demás que se establezcan en otras leyes sectoriales o normas reglamentarias.
2. El Gobierno de Aragón impulsará los instrumentos de participación ciudadana garantizando en su funcionamiento los principios de igualdad, accesibilidad, información, transparencia, pluralidad, tolerancia y corresponsabilidad.
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