Page 30 - OPOSOCIAL - TEMA 6
P. 30
Habitualmente, las decisiones del Consejo Europeo se adoptan por consenso. En algunos casos se adoptan por unanimidad o por mayoría cualificada, dependiendo de lo que el Tratado disponga.
Es necesaria la presencia de los 2/3 de los miembros del Consejo Europeo para que éste pueda proceder a una votación.
Elección de su Presidente. (No puede ejercer mandato nacional alguno).
Figura creada por el Tratado de Lisboa. El Consejo Europeo elige a su Presidente por mayoría cualificada. El mandato del Presidente es de 2 años y medio, renovable una vez. A diferencia del Presidente de la Comisión Europea, no necesita la aprobación del Parlamento Europeo. Se le conoce también como “Presidente de Europa”.
Crea en 2011 el MEDE (en vigor desde 1-7-2012): Ver nota final del Tema.
CONSEJO (llamado anteriormente DE LA UNIÓN EUROPEA).
El Consejo (anteriormente Consejo de Ministros y, ahora llamado “Consejo” por el Tratado de Lisboa, es el principal órgano decisorio y normativo de la Unión. Está formado por los ministros (rango ministerial) de los gobiernos nacionales de todos los países de la UE.
Asisten a sus reuniones los ministros responsables de las cuestiones que en cada ocasión se vayan a debatir: asuntos exteriores, economía y hacienda, agricultura, etc. Cada seis meses, un Estado miembro diferente asume la llamada "Presidencia de turno de la UE". Para favorecer la continuidad de los trabajos del Consejo, las presidencias semestrales cooperan estrechamente por grupos de tres (presidencia conjunta).
El «trío» de presidencias elabora un programa común de las actividades del Consejo para un período de 18 meses. Sede: Bruselas.
Igualmente existe un Secretario General que gestiona las unidades administrativas del Consejo.
Oposiciones Trabajo Social
30
Tema 6