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Tema 3 – Oposiciones Trabajo Social. La Organización Territorial del Estado

                        Energía, promoción y gestión industrial.

                        Ferias y mercados comarcales.
                        Protección civil y prevención y extinción de incendios.

                        Enseñanza.
                        Aquellas otras que, con posterioridad a la presente ley, pudieran ser

                         ejercidas en el futuro por las comarcas, conforme a la legislación
                         sectorial correspondiente. (Art.9 LCA)


                  ORGANIZACIÓN DE LAS COMARCAS


                  La organización comarcal responde a las siguientes reglas:


                        El Presidente, los Vicepresidentes y el Consejo comarcal existen en

                         todas las comarcas.
                        Podrá existir una Comisión de Gobierno en aquellas comarcas que así

                         lo prevean en sus Leyes de creación o en el reglamento orgánico
                         comarcal que aprueben. La Comisión de Gobierno estará integrada

                         por el Presidente y un número de consejeros no superior a un tercio

                         de su número legal. El número de miembros de la Comisión de
                         Gobierno será determinado por el Presidente, quien los nombrará y
                         separará libremente dando cuenta al Consejo. En todo caso, los

                         Vicepresidentes se entenderán incluidos dentro de los que debe

                         nombrar el Presidente como miembros de la Comisión de Gobierno.
                         Corresponderá a dicha Comisión la asistencia al Presidente así como
                         aquellas atribuciones que determine el reglamento orgánico comarcal

                         o le deleguen el Consejo y el Presidente.


                        Una Comisión especial de Cuentas, constituida por miembros de los

                         grupos políticos integrantes del Consejo comarcal, informará las
                         cuentas anuales de la entidad, antes de someterse a su aprobación.

                  El  Consejo  comarcal,  mediante  la  aprobación  de  un  reglamento  orgánico
                  comarcal,  que  requerirá  el  voto  favorable  de  la  mayoría  absoluta,  podrá

                  regular los órganos complementarios que considere necesarios, la estructura





            Academia Oposocial.es                                                                         53
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