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Oposiciones Trabajo Social
los derechos de los demás son el fundamento del orden político y de la
paz social.
Las normas relativas a los derechos y libertades que la Constitución
Española reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración
Universal de Derechos Humanos y los Tratados y Acuerdos Internacionales
ratificados por España.
Art 11. La nacionalidad española se adquiere, conserva y pierde de acuerdo
a la ley, y ningún español de origen puede ser privado de ella.
Art 12. Españoles mayores de edad a los 18 años.
Art 13. Extranjeros en España gozan de las libertades públicas del Título I
según los tratados y la ley.
Art 14. Principio de Igualdad (no discriminación por nacimiento, raza,
sexo religión, opinión…)
Art 15. Derecho a la vida y a la integridad física y moral (no tortura ni
tratos degradantes o inhumanos)
Art 16. Libertad ideológica, religiosa y de culto (ninguna confesión
tendrá carácter estatal)
Art 17. Derecho a la libertad y a la seguridad personal
Art 18. Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la
propia imagen: en el que se establece la inviolabilidad del domicilio, el
secreto de las comunicaciones y el uso de la informática.
Art 19. Derecho a la libre elección de residencia y a la libre
circulación por el territorio nacional, así como la libre entrada y salida
de España.
Art 20. Derecho de libertad de expresión (con el límite de los
derechos de este Título I, honor, intimidad, propia imagen y protección
de la juventud e infancia)
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