Page 66 - OPOSOCIAL 25 - GUÍA DE RECURSOS PARA LAS FAMILIAS RE ARAG
P. 66
GUÍA DE RECURSOS PARA LAS FAMILIAS RE ARAGÓN
/ Ley 12/2001, de 2 de julio, de la Infancia y Adolescencia en Aragón (BOA 86, 20 de julio de 2001).
/ Decreto 190/2008, de 7 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Protección de Menores en Situación de Riesgo o Desamparo (BOA 174, 23 de octubre de 2008).
Información y contacto
Instituto Aragonés de Servicios Sociales. Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales Servicios Centrales:
Paseo María Agustín, 16 (50004) Zaragoza Tfno. 976715600 e-mail: iass@aragon.es Dirección Provincial de Huesca:
Avda. de Juan XXIII, 2 (22003) Huesca Tfno.974293333 e-mail: iasshuesca@aragon.es Dirección Provincial de Teruel:
Avda. Sanz Gadea, 11 (44002) Teruel Tfno. 978641313 e-mail: iassteruel@aragon.es Dirección Provincial de Zaragoza:
Paseo Rosales, 28 Duplicado (50008) Zaragoza Tfno. 976716220 e-mail: iassza@aragon.es
IASS. Atención a la infancia y a la adolescencia. Acogimiento temporal de menores extranjeros.
32/ SERVICIO DE INTERVENCIÓN FAMILIAR
¿Para quién?
Para las personas o familias o unidades de convivencia que se encuentren en situación de desestructuración familiar, de crisis o cualquier otra causada por dificultades en la relación y convivencia entre todos o alguno de los miembros.
También pueden acudir los profesionales de los sistemas de protección social o cualquier persona que detecte una situación de riesgo de maltrato.
¿Para qué?
Es un conjunto de atenciones profesionales dirigidas a favorecer la convivencia y la integración social, fomentando la adquisición de habilidades básicas y hábitos de conducta, tanto en lo relativo a las capacidades personales como las relacionales, en situaciones de crisis, riesgo, o vulnerabilidad de cualquier miembro de la unidad de convivencia.
Aporta una intervención técnica dirigida a orientar, asesorar y dar apoyo a la familia o unidad de convivencia o a alguno de sus miembros
¿Cómo?
Puede iniciarse de oficio o a demanda de una persona, la familia o de la unidad de convivencia o de la familia extensa, de miembros de la comunidad, de profesionales de servicios sociales, de profesionales de otros sistemas de protección social...
¿Dónde?
En los Centros Municipales o Comarcales de Servicios Sociales.
Normativa
65